La ANSES revocó este martes la Asignación Mensual Vitalicia que percibía el ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, reforzando el impacto de la medida tomada pocos días atrás contra Cristina Fernández de Kirchner.

La decisión, oficializada mediante la Resolución 1103/2024 publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en que la condena por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública descalifica a Boudou para recibir beneficios otorgados bajo la Ley 24.018.

En la resolución, ANSES destacó que "la indignidad sobreviniente respecto del beneficiario de una asignación otorgada (...) afecta también al derecho a la percepción de una gracia que acompañe el ejemplar desempeño de una magistratura relevante".

En esa línea, la entidad señaló que estas asignaciones son "una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor" y sostuvo que estos valores fueron "violados por conductas delictivas que perjudicaron al erario público", argumentos similares a los utilizados en el caso de la ex presidenta.

El organismo subrayó que el beneficio otorgado bajo esta normativa carece de inalienabilidad e irrevocabilidad, ya que está supeditado al buen desempeño en el cargo: "Resulta jurídicamente incompatible con una conducta deshonrosa de parte del beneficiario, determinada con fuerza de verdad legal".

La resolución argumenta que "la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política un significado ejemplar".

Kirchneristas si, menemistas no

Mariano de los Heros, titular de la ANSES, explicó por qué a diferencia de la decisión adoptada con Cristina Kirchner el Gobierno no revocará la pensión vitalicia que cobra la esposa del fallecido ex presidente Carlos Menem.

Menem se encontraba en una situación jurídica similar a la de CFK en el momento de su muerte. El riojano y dos veces presidente fue condenado a cuatro años de prisión por peculado por la Cámara de Casación Penal -la misma que dictó recientemente el fallo en el caso Vialidad- y la causa había quedado en análisis de la Corte Suprema, que había aceptado intervenir. 
O sea, al momento de fallecer, el riojano estaba exactamente en la misma situación jurídica en que se encuentra Cristina.

Sin embargo, el Gobierno entiende que las situaciones penales de los dos ex jefes de Estado no son comparables. “Las acciones penales se extinguen con la muerte del imputado, en este caso el señor Carlos Menem falleció como senador y no habiendo concluido todas las causas penales”, argumentó de los Heros.