El Gobierno anunció que el bono extraordinario previsional volverá a ser en los haberes de diciembre de hasta $70.000. Ese es el monto fijo desde los haberes de marzo.

Para entonces, jubilados y pensionados perdían hasta un 42 por ciento del poder adquisitivo en el primer trimestre del año.

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Jubilados perdieron hasta un 42 por ciento del poder adquisitivo en el primer trimestre

Los fundamentos publicados con el Decreto 274/24, indican que la medida “busca compensar el impacto de la inflación en los haberes jubilatorios, particularmente en los ingresos de quienes perciben montos mínimos o inferiores a ciertos parámetros establecidos”.

La realidad, es bien diferente.

El efecto "licuadora" en las jubilaciones mínimas. Desde marzo los aumentos son un tercio menores a los informados por el Gobierno Nacional
Cálculo y tabla: Redacción Cba24n

Si se toma como referencia Marzo de este año, cuando comenzó a cobrarse el bono, los aumentos acumulados sobre ese básico, son del 93,10%; si se consideran sobre lo que efectivamente cobraron los jubilados, al haberse mantenido fijo el bono desde aquel mes, el aumento efectivamente percibido por los jubilados es un tercio menor: 61,22%

Detalles para el cobro

Como siempre, el bono (“beneficio” en la jerga oficial) será liquidado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y alcanzará a titulares de prestaciones contributivas y no contributivas, incluyendo pensiones por invalidez, vejez, madres de siete hijos o más, y beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

El monto completo del bono será destinado a quienes perciban el haber mínimo previsional garantizado. En caso de jubilados o pensionados con ingresos superiores, se otorgará un monto complementario que permita alcanzar el límite resultante de la suma entre el haber mínimo y el valor del bono máximo de $70.000.

También como hasta ahora el bono será no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no será considerado para otros conceptos o beneficios adicionales. Además, se estipula que, en el caso de pensiones compartidas entre varios titulares, será considerado un único beneficiario a efectos de la liquidación del bono.