Empleadas domésticas: aplican cláusula de revisión para nuevo aumento salarial
El próximo jueves la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá para establecer las nuevas escalas que regirán desde el mes próximo. El último incremento acordado de la escala que rige hasta el 31 de mayo es del 12 por ciento para los sueldos de marzo.
Mientras este mes los sueldos de quienes trabajan en casas particulares vendrán con un incremento del 12 por ciento de acuerdo a lo establecido en el acuerdo salarial del año pasado, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares convocó a una reunión para el 31 de marzo con el objetivo de establecer los nuevos incrementos salariales, tras hacer uso de la cláusula de revisión establecida anteriormente,
A través de la Resolución 1/2022 publicada en el Boletín Oficial, el organismo que funciona dentro del Ministerio de Trabajo de la Nación formalizó la convocatoria que reunirá a las partes por plataformas virtuales el próximo jueves a partir de las 11 de la mañana, para realizar un "análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas para Trabajadoras de Casas Particulares".
Cabe recordar que el porcentaje de aumento establecido para las empleadas domésticas durante 2021 llegará al 50 por ciento con el último incremento previsto para este mes, quedando por debajo de la inflación interanual que mide el Indec para el período y que con el índice de febrero superó el 52 por ciento.
Ese porcentaje fue establecido en junio de 2021 y el acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2022, aunque en el mismo se dejó estipulada la cláusula de revisión precisamente para el mes de marzo, cuestión que se analizará en la reunión convocada.
También en esa Resolución quedó establecido un adicional salarial por “Antigüedad”, equivalente a un 1% por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral, sobre los salarios mensuales Asimismo, se acordó que este adicional se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021 y que el tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.
La Comisión está conformada por representantes de los trabajadores, de los empleadores, y de los ministerios de Economía, Desarrollo Social y de Trabajo y de la Seguridad Social de la Nación y se espera que deja establecidas las escalas salariales de referencia a partir del 1º de abril.
Bajo la premisa del gobierno nacional de que los salarios aumenten por encima de la inflación, se espera que el porcentaje de suba para las personas que trabajan en el sector vaya en esa línea aunque habrá que esperar el anuncio formal tras la reunión, que determinará los próximos incrementos bajo los parámetros establecidos.
Cómo quedan las escalas a partir del 1º de marzo
Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Personal con retiro: $278 por hora y $34.148,50 mensuales.
- Personal sin retiro: $299,50 por hora y $37.973 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
- Personal con retiro: $299,50 por hora y $37.973 mensuales.
- Personal sin retiro: $334 por hora y $42.317 mensuales.
Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
- Personal con retiro: $317,50 por hora y $38.920,50 mensuales.
- Personal sin retiro: $348 por hora y $43.325 mensuales.
Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- $299,50 por hora y $37.973 mensuales.
Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Personal con retiro: $335,50 por hora y $41.892 mensuales.
- Personal sin retiro: $367,50 por hora y $46.663,50 mensuales.
Para empleados mayores de 18 años, por 16 horas de trabajo semanales o más, el empleador deberá abonar un total de $2.893,34, correspondiente al aporte a la obra social ($1.775,18), la contribución al sistema jubilatorio ($148,28) y la ART ($969,88). Mientras tanto, por trabajo entre 12 y 16 horas semanales, el aporte total será de $1.014,44, en concepto de aporte a la obra social ($266,91), contribución al sistema jubilatorio ($101,66) y ART ($645,87).