Empleadas domésticas: de cuánto será el aumento salarial para mayo y junio
Los incrementos corresponden a lo oficializado por el Gobierno Nacional en abril, tras lo acordado en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Los detalles en la nota.
Tal como quedó establecido en la Resolución 2/2023 publicada en el Boletín Oficial en el mes de abril, los salarios de las empleadas domésticas vienen con aumentos en mayo y junio, de acuerdo a lo resuelto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
El primer incremento ya se cobró a comienzos de este mes y corresponde al de abril y fue del 14%, tomando como base lo percibido en el mes de marzo, totalizando una suba del 27% no acumulativo cuando se le suman los aumentos de mayo y junio.
Para consultar las escalas salariales de las diferentes categorías, ingresar al siguiente enlace, y cliquear en el Anexo 1 que se encuentra en la parte inferior del documento.
Precisamente a partir del mes de junio, las empleadas domésticas comenzarán a recibir los nuevos aumentos salariales que se han establecido en el sector.
En total, se trata de dos incrementos que se aplicarán en dos meses consecutivos: uno del 7% en mayo, que se cobra los primeros días de junio, y otro del 6% en junio, a cobrar los primeros días de julio.
Estos aumentos se traducirán en un incremento en las remuneraciones de las empleadas domésticas, tanto para aquellas que trabajan con retiro como para las que no lo hacen.
En el caso del personal con retiro, en el mes de mayo la hora pasará a tener un valor de 740 pesos y de 777 pesos en junio, mientras que el sueldo mensual será de 90.841 pesos y 95.345,50 pesos, respectivamente.
Por su parte, el personal sin retiro cobrará 798 pesos la hora en mayo y 838 pesos en junio, con un sueldo mensual de 101.114 pesos y 106.093 pesos, respectivamente.
Es importante destacar que estos valores son básicos y que, en algunos casos, pueden acordarse otros salarios en función de lo que se establezca entre las partes.
Además de estos aumentos salariales, en el mes de junio también se debe abonar el aguinaldo a las empleadas domésticas, tanto si están registradas como si no lo están, y trabajen por tiempo parcial o por hora.
En los casos en que se cumpla con hasta 48 horas semanales, el aguinaldo debe ser abonado antes del último día hábil del mes de junio. En los casos en que se trabajen jornadas menores y parciales, se debe calcular el aguinaldo proporcionalmente a la mejor remuneración percibida en el primer semestre del año.