Fue reglamentada la Reforma laboral: blanqueo, despidos, "colaboradores" y más
El texto fue publicado este jueves en el Boletín Oficial. Con una gran condonación de multas a empresas, para el Gobierno se trata de "una modernización histórica".
En muchos aspectos, la cuestión parece quedar a mitad de camino en pos de los beneficios que esperaban las empresas y los perjuicios que podrían sufrir trabajadores. Pero se sabe que, en toda reforma laboral, los ganadores son los primeros y la mano de obra parece mirar cómo pierde algún que otro derecho.
En este marco es que el gobierno nacional publicó este jueves la reglamentación de la mentada ‘Promoción del empleo registrado’, que es parte de la Ley Bases que aprobó el Congreso.
Para el secretario de Trabajo, Julio Cordero, se trata de “una modernización histórica de las leyes laborales en la Argentina”. El funcionario es recordado por su oposición a la limitación de la jornada laboral, preguntándose "¿Para qué quieren trabajar menos, para ir afuera… a hacer qué?".
La norma modifica un total de 17 artículos.
Los cambios
Los vínculos sufren modificaciones, por caso, con las indemnizaciones por despidos, y se apunta a los Convenios Colectivos de Trabajo.
Más allá del carácter optativo y la necesidad de que un nuevo esquema sea acordado entre sindicatos y empresas, desde ahora existen tres opciones.
“Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la ley 20.744 (de Contrato de Trabajo) por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la ley 20.744. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina”, reza la norma.
Por un lado está el sistema de “cancelación individual”, pero también la participación de compañías de seguro. Pero la chance que se abre es el “sistema de fondo de cese solidario”.
Este es el que se viene gestando desde hace un año, y no son antojadizas las similitudes con el esquema que funciona en el área de la construcción. La idea viene de una reunión entre el por entonces candidato presidencial Javier Milei con el secretario general de la UOCRA, Gerardo Martínez.
Para el Gobierno, este punto es clave en un marco de "incertidumbre por el costo laboral en la Argentina”.
De empleado a colaborador: no sin polémica, la Ley Bases permite desde ahora una nueva figura. En ese marco es que un “trabajador independiente” podrá en la actualidad tener a su cargo hasta otras tres personas en la misma condición.
Se establece, eso sí, que el vínculo “estará basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras”.
Un gris que desde la Confederación General del Trabajo (CGT) se bregó por reducir al limitarlo a algunas actividades, pero no lo logró. Como “buena noticia”, se refiere aquí a monotributistas.
A propósito de este punto, poco parece colaborar la normativa con el Blanqueo laboral que también aparece como figura.
La idea oficial es que las empresas tengan facilidades para “poner en blanco” a trabajadores que se desempeñan hace tiempo por fuera de lo formal.
La principal limitación es que a los empleados que ingresen en el esquema solo se le podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales, más allá de que se haya desempeñado “en negro” más tiempo.
Así, las firmas también celebran el final de procesos judiciales y reclamos en marcha, además de beneficios en procesos actuales.
El artículo 76 de la Ley Bases es el que habla de la sub-registración. Para las empresas, la condonación de deudas de capital e intereses por aportes y contribuciones; las multas y sanciones es motivo de celebración.
Zafan de pagos por incumplimientos de acuerdo al tamaño de la firma. Las micro y pequeñas sólo pagarán el 10% del total; las medianas cumplen el 20% y las restantes sólo con el 30% de lo adeudado. Se establece que, si el pago es de contado, se suma un 50% de descuento más.
En esta parte no están incluidos el sector público ni tampoco el personal de trabajo en casas particulares. No casualmente, la pata laboral de mayor informalidad histórica.
Quedó en un gris el texto referido a los Bloqueos sindicales, aunque los gremios parecen haber perdido la batalla.
Es que el artículo 94 no fue reglamentado ante la oposición de la principal central obrera (CGT), que fue parte de la negociación.
Aquí es considerado “grave injuria laboral” y por ende causal de despido con causa, que un empleado sea parte activa en bloqueos o tomas de establecimiento.
Especialistas remarcan que hasta una asamblea podría ingresar como parte de reclamo. Así, la judicialización parece ser la vía de escape para resolver un conflicto entre las partes. El ojo está puesto en el gremio de Camioneros, enemistado con las autoridades actuales.
También quedó reglado que el período de prueba pasa de tres a seis meses, con la posibilidad de ser extendido un bimestre más en las grandes empresas o llegando a ser anual en las micro y pequeñas.
En estos casos, no corre el preaviso de cese ni indemnización.
Como toda negociación, por lo bajo la CGT celebra que La Libertad Avanza no brinde apoyo a una búsqueda de la Unión Cívica Radical en Diputados: la de eliminar el cobro de las cuotas solidarias y limitar las reelecciones en la conducción de los sindicatos.