El Gobierno que conduce Javier Milei promulgó este lunes el paquete fiscal que se aprobó junto a la denominada Ley Bases, que incluye cambios en el Impuesto a las Ganancias. 

La modificación vuelve a gravar los ingresos salariales superiores a los $1.800.000 para el caso de los solteros y de $2.100.000 para los casados. De este modo, la restitución de la cuarta categoría implicará que más de 800.000 empleados vuelvan a tener descuentos de sus salarios.

La nueva ley incluye mayor progresividad de alícuotas y un incremento significativo de las deducciones.

De acuerdo a un informe elaborado por el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, publicado por el diario Ámbito Financiero, destaca los principales puntos a tener en cuenta con la nueva normativa.

Desde cuándo se empieza a pagar

Los asalariados pagarán el impuesto a las ganancias a partir de una remuneración bruta mensual de $1.800.000 (en términos netos, es un salario de $1.494.000) si no aplican deducciones por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por determinados gastos que podrán descontarse del ingreso a los fines del cálculo del tributo.

En el caso de un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 años declarado a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. 

En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Fuente: SDC Asesores Tributarios. Publcado por ambito.com e infobae.com

Escalas y deducciones

Respecto a las escalas de alícuotas, tal como aparecen en el borrador serán más progresivas y se moverán en el rango de entre 5 y 35 por ciento. La tasa máxima empezará a aplicarse a partir de un ingreso de $36.450.000 y en adelante.

Los tramos de las escalas presentan un incremento de entre un 32,07% y un 150,73% respecto al proyecto de Ley que presentó el Gobierno al Congreso en enero pasado.

Derogación del Impuesto Cedular

Afecta a salarios de más de 2 millones de pesos y es con efecto retroactivo al 1 de enero. Como los trabajadores por debajo de este salario no abonaron a lo largo de este año, la nueva ley contempla una deducción especial para que no se les genere una deuda. 

Deducciones personales y aguinaldos

La nueva ley incrementa las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%, pero no hay cambios respecto a la deducción especial para determinados jubilados y pensionados que se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados. Además se incorpora una deducción especial para que quede incorporado el aguinaldo que empezará a sufrir descuentos

Actualización semestral de escalas

Tanto las deducciones personales como los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán semestralmente, a partir de 2025, en enero y julio por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC correspondiente al semestre calendario que finalice en el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice.

Excepcionalmente, en septiembre de 2024, se ajustarán las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto por la variación del IPC correspondiente a los meses de junio a agosto 2024, inclusive.

Por otro lado, se faculta al Poder Ejecutivo a incrementar las mismas por el período fiscal 2024 exclusivamente.

Se eliminan los tratamientos especiales

La nueva ley elimina todos los tratamientos especiales. El aguinaldo estará alcanzado, como así también gastos de viáticos o fallos de caja o cualquier tipo de componente de los ingresos que los sindicatos lograban negociar con las patronales para anular el efecto del descuento del impuesto en los salarios.