La Academia Nacional de Derecho de Córdoba criticó al Ejecutivo por el ataque al Poder Judicial
Se cuestionó los dichos del Presidente, Alberto Fernández, que adhirió a las criticas de la vicepresidenta Cristina Fernández hacia la Corte Suprema.
La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba se pronunció sobre las criticas del Poder Ejecutivo hacia la Corte Suprema de Justicia, concretamente a las declaraciones del Presidente, Alberto Fernández, adhiriendo a lo manifestado por la Vicepresidenta, Cristina Fernández.
"He visto que muchos eligen criticar las formas para evitar el verdadero problema que enfrentamos: nuestra justicia está deslegitimada y necesita, de manera urgente, una reforma profunda y democrática", había expresado el mandatario a través de sus redes sociales en relación al mensaje de CFK.
En un duro comunicado firmado por por Armando Andruet, exvocal del Tribunal Superior de Córdoba y titular del Tribunal de Ética del Poder Judicial de Córdoba, el organismo recordó la división de los poderes, establecida en la Constitución Nacional y remarcó la importancia institucional que el Poder Judicial conserve su independencia.
"El principio de separación de los poderes, se traduce en un sistema de pesos y contrapesos que persigue evitar la concentración del poder en uno de los órganos del gobierno, susceptible de generar un atentado contra la libertad de las personas", sostiene parte del escrito.
Además cita el art. 109 de la Constitución Nacional que establece: “En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”.
Por ultimo destacó que el objetivo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, es "bregar por el respeto del completo Estado de Derecho y de las instituciones democráticas".
Comunicado completo:
"Los constituyentes de 1853 adoptaron como forma de gobierno la representativa, republicana y federal, la que se ha mantenido en todas las modificaciones introducidas a nuestra Carta Magna y conserva vigencia real en las convicciones de los habitantes de nuestra Nación. La república que organiza el sistema constitucional es la democrática.
Presupone la periodicidad en el desempeño de los cargos electivos, la publicidad de los actos de gobierno, la responsabilidad de los gobernantes, la igualdad ante la ley y la división más el control del poder.
Este último rasgo denominado el principio de separación de los poderes, se traduce en un sistema de pesos y contrapesos que persigue evitar la concentración del poder en uno de los órganos del gobierno, susceptible de generar un atentado contra la libertad de las personas.
La experiencia de nuestra práctica republicana demuestra que si bien el Poder Judicial –al igual que los otros Poderes- padece de diversas debilidades que deben corregirse, los esfuerzos siempre deben conducir para asegurar su idoneidad y resguardar su independencia.
El principio de división de los poderes, lejos de ser una caduca construcción del siglo XVIII, es presupuesto de nuestra organización institucional y de toda aquella que responde a la idea paradigmática de un Estado de Derecho. De allí que la Constitución Nacional prevé normas que vedan la interferencia indebida de un poder en las atribuciones que son propias de otro.
En este orden de ideas, el art. 109 de la Constitución Nacional establece: “En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”.
Del espíritu de esta regla se desprende que está vedado al Poder Ejecutivo, presionar e interferir para que concretas causas tengan una determinada resolución o que otras fenecidas se corrijan de determinado modo. Sin embargo, se advierte ya en modo reiterado por vías diversas, que en nuestra práctica constitucional se acentúan procederes proclives a ignorar tales límites que conciernen a la esencia del espíritu democrático y republicano. Siendo lo más grave de ello, cuando emanan de autoridades que, al asumir sus cargos, han jurado “observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina” (art. 93 Constitución Nacional).
Si estas criticadas conductas se consolidaran y lograran el éxito perseguido, podrían tener el resultado de representar un tiro de gracia a la independencia del Poder Judicial y, consecuentemente, en la situación de crisis que atraviesa nuestro país, podrían abrir el camino que raudamente conduce a la autocracia, al abandono del estado de derecho y a la instauración del despotismo.
En razón a todo ello, y siendo objetivo de la función de esta Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, la de bregar por el respeto del completo Estado de Derecho y de las instituciones democráticas, se realiza la presente Declaración en la ciudad de Córdoba, a los 26 días del mes de julio del año 2022.
Dr. Armando S. Andruet (h)
Académico Presidente