La justicia le ordenó al gobierno pagar el plan a beneficiarios que compraron dólares
Lo decidió el juez Ariel Lijo al hacer lugar a una medida cautelar presentada por Juan Grabois. El dirigente social indicó que quienes adquirieron el cupo de US$200 recibirán sus haberes.
El Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12, a cargo de Ariel Lijo, hizo lugar a una medida cautelar presentada por el dirigente Juan Grabois y le ordenó al Gobierno que le pague los haberes correspondientes al plan Potenciar Trabajo a los beneficiarios que no lo recibieron por haber adquirido dólares.
Cabe recordar que la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, había suspendido la entrega del subsidio del Estado a aquellas personas que no cumplieran con los requisitos establecidos por el Poder Ejecutivo.
Lijo le ordenó a esa cartera “el pago del Salario Social Complementario a todos los titulares del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local ‘Potenciar Trabajo’ que hayan sido suspendidos y/o dados de baja con motivo de la compra de moneda extranjera y/o el consumo en dólares de tarjeta de crédito y/u otros medios electrónicos de pago, al no existir normativa que decrete dicha incompatibilidad”.
El conflicto se inició luego de que Tolosa Paz impulsara una auditoría de los beneficiarios de ese plan y diera de baja a 20.410 titulares que venían cobrando el subsidio, tras detectar irregularidades.
Lijo ahora dio luz verde a la liquidación y pago de los planes, indicando: ante "la urgencia del caso, autorícese únicamente a la liquidación y pago del Salario Social Complementario del mes de noviembre del corriente año, conforme fue solicitado por el peticionante", según dice en su resolución.
El miércoles por la noche desde su cuenta de Twitter, Grabois celebró la decisión: "Fuimos notificados de que el Juzgado Federal Nro 7 ordenó el pago a todos aquellos trabajadores y trabajadoras a los que les retuvieron sus haberes por la falacia de las 'compras en dolares' ¡Ningún trabajador sin salario!".
En su presentación judicial, el dirigente había pedido “en forma cautelar el pago de dicha prestación” a sus representados “y al resto de las personas que se encuentren en su misma situación, hasta tanto se logre dilucidar si efectivamente realizaron alguna actividad contraria a los criterios de elegibilidad de las normas vigentes”.
Grabois fundamentó que “entre los criterios de ingreso, permanencia, y egreso de los titulares de la norma de creación del” plan, “en ningún momento se hace referencia a la imposibilidad de acceder a la compra de moneda extranjera, ni al consumo de aplicaciones tales como Netflix o Youtube Premiun y otras plataformas de entretenimiento, así como la adquisición de bienes mediante plataformas cuyos cobros son los dólares”.
Además, el dirigente consideró que “no se podría en ningún caso proceder a implementar medida alguna con respecto a los titulares que hubieran accedido al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas para el período septiembre 2020/octubre 2022″.