Para quiénes es el reintegro del 15% de las compras con débito, que se extiende hasta junio
La medida fue anunciada por la AFIP. Cómo se reintegran los montos y cuál es el tope.
El reintegro del 15% por las compras con tarjeta de débito de productos alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería, se extendió hasta el 30 de junio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la medida que también incluye a los pagos con billeteras virtuales y también se incluyen las compras hechas con medios de pago electrónico o código QR, vinculadas a esas tarjetas de débito.
La AFIP fundamentó la extensión del beneficio en los considerandos de la Resolución en que el régimen “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”.
Quiénes pueden acceder al beneficio
Podrán hacerlo aquellas personas que:
- Cobren la jubilación mínima.
- Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
- Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc).
- Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
- Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
Cuál es el tope del reintegro
- Por beneficiario: $2.028
- Titulares de AUH con 2 o más hijos: $4.057
El reintegro se acreditará en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 horas de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.