Recetas por whatsapp: extienden el plazo hasta fin de febrero para enfermos crónicos
El Ministerio de Salud de la Nación prorrogó el uso de la foto de la orden médica sólo para determinados casos. Los detalles en la nota.
Luego de las críticas y complicaciones planteadas tras la publicación en el Boletín Oficial de cambios en las recetas enviadas por whatsapp, el Ministerio de Salud de la Nación advirtió que, para aquellas personas con tratamientos crónicos, se mantendrá la modalidad previa hasta el 28 de febrero.
En esa dirección y a través de un comunicado, recuerdan que previamente y “en acuerdo con asociaciones farmacéuticas, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina y la Superintendencia de Salud, se definió que a "aquellos pacientes con enfermedades crónicas que venían utilizando esta modalidad hasta hoy, se les aceptará la foto de la receta en las farmacias hasta el próximo 28 de febrero, para facilitar el proceso de transición”.
“Lo único que queda sin efecto es la posibilidad de presentar una foto de receta médica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de 2023, según lo acordado por los firmantes de este comunicado”.
“Las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553. En este sentido, todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora”, dice el comunicado.
Aclararon que lo que se derogó "es la resolución 696 dictada en 2020, que permitía, en contexto de ASPO y con carácter de excepción, la prescripción de medicamentos mediante mensajes de texto o aplicaciones de mensajería vía web”.
“La prescripción de medicamentos mediante recetas electrónicas o digitales sigue igual que hasta el momento en todo el territorio nacional. Cualquier farmacia, servicios de farmacia de los establecimientos de salud y establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos con firma manuscrita o electrónica”, concluye la comunicación.