Requisitos para que turistas extranjeros vendan dólares: el comunicado del BCRA
La medida del gobierno nacional fue informada este jueves pasado tras la reunión de gabinete económico.
El Gobierno nacional autorizó a los turistas extranjeros a cambiar sus divisas (hasta USD 5.000) al precio de la cotización del dólar financiero para fomentar que ingresen sus dólares al mercado formal y así desalentar el mercado negro o "blue".
La medida fue dada a conocer el jueves tras la reunión de gabinete económico encabezado por la ministra Silvina Batakis.
VER: Permitirán a turistas extranjeros vender hasta USD 5.000 a tipo de cambio financiero
El Banco Central de la República Argentina emitió un comunicado detallando cómo se aplicará esta decisión.
El comunicado
Los turistas no residentes podrán vender divisas al valor de referencia del dólar en el mercado financiero por un monto máximo de 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) mensuales, en las entidades reguladas por el Banco Central de la República Argentina autorizadas a operar en el mercado de cambios.
Las entidades deberán identificar al turista no residente mediante documento de identificación válido y verificar que no se encuentre comprendido en las listas elaboradas de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo y que no resida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.
Además, deberán requerir una declaración jurada de la persona humana no residente en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a 5.000 dólares.
A los efectos de agilizar la atención al cliente la entidad interviniente podrá liquidar la operación en base a los precios de referencia disponibles en ese momento. La entidad deberá concretar las operaciones con títulos valores hasta 2 (dos) días hábiles de ser encomendada por el turista no residente.
Por cada operación que la entidad realice por este mecanismo se deberá realizar un boleto a nombre del cliente dejando constancia del monto de moneda extranjera recibida y el monto en pesos entregado al cliente.