Restricciones para dólares financieros y límite al pago anticipado de importaciones
Las medidas fueron adoptadas por la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central para evitar el drenaje de divisas mediante maniobras especulativas. En el caso de las importaciones sólo alcanza al 13% de las mismas. Aquí los detalles.
En las últimas semanas se acentuó la salida de divisas de las reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) a través de distintas maniobras especulativas, ante lo que, tanto la autoridad monetaria como la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitieron nuevas resoluciones que restringen la operatoria tanto con los llamados dólares financieros como con el pago anticipado de importaciones.
En este caso, la autoridad monetaria detectó que en los últimos meses se había disparado el pago de importaciones por encima del valor de la mercadería despachada en la Aduana. Ante esta situación el BCRA emitió una nueva regulación que modifica durante octubre el mecanismo por el cual se realizan los pagos anticipados de algunas importaciones.
A través de un comunicado, la entidad señaló que “la medida estará vigente hasta el 31 de octubre y busca equilibrar los pagos con los bienes ingresados al país” y aclara además que se afecta sólo al 13% de las importaciones totales ya que "sólo aplica en los casos en que se estén realizando importaciones por mayor valor del que se ha ingresado".
De acuerdo a los datos del Central, la maniobra se viene repitiendo desde el mes de junio. En ese mes se registraron importaciones por un valor FOB (el valor de la mercancía puesta a bordo de un transporte marítimo) de u$s5.600 mil millones y pagos por u$s5.900 millones; en julio esa relación fue de u$s5.400 millones de importaciones FOB y pagos por u$s5.700 millones; en agosto esa diferencia fue de u$s5.400 millones de ingreso de bienes y u$s6.200 millones de pagos cursados a través del mercado de cambio y en septiembre, u$s5.500 millones de importaciones y u$s5.900 millones de pagos.
Paralelamente, la CNV, a través de la Resolución General 907/2021 dispuso que se reduce el monto máximo operable para vender dólar MEP a 50.000 nominales por semana mediante bonos bajo legislación local, medida que ya regía para el Contado con Liqui (CCL).
La disposición establece que sólo se pueda operar CCL si “en los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT” (es decir, por pantalla) o si “existe manifestación fehaciente” de no realizar esas operaciones durante los 30 días corridos subsiguientes.
La resolución limita la realización de jugadas especulativas a través del denominado "rulo financiero" hechos dentro del margen que permitían anteriores regulaciones cambiarias y la intervención oficial. La maniobra consistía en comprar CCL o MEP en a la cotización regulada, es decir a $176 y venderlo en otros segmentos donde no participa el BCRA, como el Senebi o en las operaciones con otros activos en torno a $190, situaciones que generaban una presión en los tipos de cambio, además de la salida de reservas.