El Gobierno nacional autorizó más aumentos a partir del 2023 para los servicios de cable de televisión, telefonía e internet. A través del Enacom, estableció incrementos con topes de hasta el 17,6%, sumados a los ya anunciados en otras áreas de bienes y servicios.

Así lo indica la Resolución 2393/2022, publicada este jueves 29 de diciembre en el Boletín Oficial y rubricada por Claudio Ambrosini, presidente de dicho ente.

La medida establece que las licenciatarias podrán aplicar un incremento escalonado de hasta el 17,6% en los precios minoristas, tomando como referencia los valores vigentes al 31 de enero de 2023.

Los tarifazos que vienen

La disposición oficial prevé la suba de hasta un 9,8% a partir del 1° de febrero de 2023 y de hasta un 7,8% desde el 1° de abril.

Los aumentos aplican “para las licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM), así como también para las de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), Servicios de Telefonía Fija (STF), Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR) y Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH)”, según la resolución publicada este jueves.

El Gobierno justificó la medida tras “evaluar el contexto económico” y las “dificultades” que atraviesan “todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”.

También habrá subas en la telefonía celular. Foto ilustrativa Ámbito
También habrá subas en la telefonía celular. Foto ilustrativa Ámbito

“Los requerimientos de nuevos aumentos se fundamentan a partir de los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las Licenciatarias durante los meses transcurridos desde el inicio de la reglamentación de precios minoristas”, expresaron las autoridades nacionales, a través de la resolución.

“Cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados por las Resoluciones citadas en los Artículos anteriores o en la presente, deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”, aclara en otro tramo de la resolución.

También se indica que “en aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio” y tampoco podrán computar moras sobre las facturas.

En cuanto a la telefonía en su modalidad prepaga, se estableció que a partir del 1° de febrero de 2023 el valor de la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día costará $43,40, que el segundo de voz saldrá $0.66 y que los SMS valdrán cada uno $8,70, en todos los casos con impuestos incluidos. El 1° de abril, en tanto, esos valores subirán a $46,80, $0,72 y $9,40, respectivamente.

Fuente: Ámbito