Córdoba: exigen vacunación Covid para asistir a centros de rehabilitación
Quienes realicen los tratamientos ambulatorios de manera presencial deberán exhibir el carnet vacunatorio competo. Alcanza a centros educativos terapéuticos, centros de día y centros con integración escolar. Se mantiene la modalidad de tratamiento dual.
El ministerio de Salud dio a conocer este lunes nuevas recomendaciones y lineamientos de bioseguridad para la asistencia presencial en centros educativos terapéuticos, centros de día y centros con integración escolar.
Entre las novedades, más importantes, se definió que las personas concurrentes deberán presentar el carnet de vacunación Covid-19.
La Subsecretaría de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión actualizó el protocolo para el tratamiento ambulatorio de rehabilitación integral de personas con discapacidad, en el contexto de pandemia de coronavirus.
La modalidad a implementar mantendrá una forma de tratamiento dual, combinando la presencialidad y la tele rehabilitación o tele asistencia, con intenciones de que progresivamente se realice de forma presencial y de acuerdo a la evolución de los protocolos preestablecidos y a la vacunación.
Requisitos para la atención ambulatoria presencial:
- Presentar a la institución un certificado del médico de cabecera, quien autorizará la incorporación a las actividades educativas y terapéuticas.
- Las personas con discapacidad que sean mayores de 18 años deben presentar el carnet completo del esquema de vacunación Covid-19.
- En niños, niñas y adolescentes de entre 12 a 17 años, se recomienda solicitar esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna Covid-19 (14 días desde su aplicación).
- Vale destacar que, en relación a la concurrencia, se trabajará con jornada doble, pudiendo realizarse la modalidad de burbujas y/o turnos para la atención de la población. En esta instancia, se acompañará con la apertura del comedor.
- Aquellas personas que por su condición de salud no puedan usar barbijos, cubrebocas y/o máscara facial, deberán contemplarse las medidas de bioseguridad aplicada al distanciamiento social.
Requisitos para la atención por tele asistencia:
- Continuará con el contacto efectivo a través de diferentes medios de comunicación y plataformas virtuales (vía telefónica, videollamadas, entre otras), con el objetivo de asegurar la asistencia de manera remota.
- Las familias podrán optar por la continuidad de la modalidad a distancia, en caso de no desear la reincorporación de su hijo/a a la presencialidad, notificando la decisión a la Dirección de su servicio.
- Quienes opten por la incorporación deberán presentar Declaración Jurada establecida en el protocolo.
Para llevar adelante estos procesos de flexibilización establecidos, los municipios y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre las instituciones que contienen a poblaciones vulnerables institucionalizadas como, por ejemplo, las residencias geriátricas, institutos de discapacidad, centros de Salud municipales, hogares, residencias de menores y centros de diálisis, entre otros.