Córdoba: la Justicia determinó que la UCR no puede realizar elecciones internas
El TSJ confirmó que el radicalismo ya no dispone de tiempo por el avance del cronograma electoral provincial. Hubo rechazo al recurso planteado por la “Línea Córdoba”.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) declaró inadmisible el recurso de casación planteado por la “Línea Córdoba” de la Unión Cívica Radical (UCR) en el que se solicitaba la realización de elecciones internas para determinar los candidatos que representarán ese espacio en los comicios provinciales previstos para el 25 de junio.
En su fallo, los vocales recordaron que el argumento principal del juzgado había sido que,
Para ello, resaltaron que el próximo sábado 6 de mayo vence el plazo para la presentación de las listas de postulantes para la renovación de cargos provinciales (gobernador y vicegobernador, legisladores y miembros del Tribunal de Cuentas).
“El problema no es de los órganos jurisdiccionales, sino de la tardía reacción de quienes, por su falta de actuación interna oportuna (dentro de los mecanismos estatutarios propios de la UCR), han consolidado lo que ahora exteriorizan como un agravio: la falta del tiempo necesario para cumplir con un verdadero, transparente y legítimo proceso electoral”, destaca el máximo tribunal en su decisión.
Los magistrados subrayaron que, como lo establece la Constitución provincial, “los partidos son instituciones fundamentales” y “contribuyen a la formación de la voluntad política del pueblo”. Pero todo el entramado que ellos representan “no funciona automáticamente, sino que depende de los propios afiliados y dirigentes, que tienen la responsabilidad insoslayable de motorizar y dinamizar internamente todo lo necesario -por los canales, formas y medios oportunos- para que las respectivas fuerzas políticas sean, a su vez, lo más democráticas, participativas y pluralistas posibles”.
Los vocales también señalaron que resultaba contradictorio que los recurrentes, que proclaman movilizarse en pos del principio de la máxima participación, fueran los mismos que propugnaran que la UCR no debía intervenir en los comicios provinciales por no haber podido celebrar elecciones internas.
“Por su carácter estrictamente político, el referido argumento no tiene relevancia jurídica para la resolución del presente recurso. Si la tuviera, en los hechos, significaría pretender que a la UCR se le aplicara una suerte de penalidad, no prevista por el régimen jurídico de partidos políticos vigente en nuestra provincia, por no haber seleccionado sus candidatos por medio de comicios internos”, indica la resolución.
Fuente: justiciacordoba.gob.ar