El fiscal Villagra desiste de la figura de femicidio y pide 20 años para Diego Concha
Además solicitó la inhabilitación perpetua a cargos públicos por coaccionar con “violencia institucional” contra la exbombera Luana Ludueña quien se quitó la vida tras denuncia el exfuncionario provincial por abuso sexual. La familia exige prisión perpetua; la defensa, absolución.
En el marco del proceso judicial que se lleva adelante en la Cámara Tercera del Crimen contra Diego Concha, exdirector de Defensa Civil de la Provincia, el fiscal acusador Fernando López Villagra solicitó 20 años de prisión e inhabilitación perpetua a cargos públicos por coaccionar con “violencia institucional” contra la exbombera Luana Ludueña.
Concha está imputado por los delitos de homicidio con motivo del abuso sexual con acceso carnal calificado por haber sido cometido en ocasión de sus funciones, desarrollado en un contexto de violencia de género, y coacción. Todo esto en perjuicio de la damnificada Luana Priscila Ludueña Caminos. Pero el fiscal considera que el delito no ocurrió en un contexto de violencia de género y considera la pena de reclusión perpetua desproporcionada en función de las escalas penales y por eso, sólo ha pedido 20 años de prisión.
También solicitó que se considere a Luana, a su padre y a su madre como “víctimas de actos de violencia institucional cometidos por un miembro de las fuerzas de seguridad de la Provincia de Córdoba”. Para cerrar su exposición pidió que se giren las actuaciones para que se desarrolle investigación penal preparatoria por la posible comisión del delito de “Uso de Bienes Provinciales con Fines Personales”.
Adicionalmente, solicitó la incautación de las armas secuestradas en la vivienda de Concha (que se habrían utilizado en la comisión de los delitos) y la incorporación del ofensor en los registros de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual.
Concha es también es juzgado por otros ilícitos, presuntamente cometidos por el ex funcionario contra su pareja, que fueron calificados como lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género; amenazas calificadas por el uso de arma de fuego; y agresión con arma.
Diferencia de Criterio
La querella insiste en que la pena debe ser reclusión perpetua. En las palabras del abogado querellante, Carlos Nayi, consideró que quedó ampliamente demostrado que “hay un nexo entre aquel ataque sexual y el derrumbe emocional de Luana que termina con la autodeterminación”. En función de lo cual esperan la única pena prevista por el Código Penal: la cadena perpetua"
Lo cierto es que no se trata de una diferencia menor, habida cuenta que el fiscal desiste de considerar el contexto de violencia de género en un caso que se inicia como consecuencia de un abuso sexual.
En los demás aspectos, fiscalía y querella coinciden: Concha debe ser investigado por el uso de bienes públicos en beneficio propio y la familia de Luana debe ser considerada víctima de violencia institucional.
La Defensa
Entre tanto, el Dr. Carlos Hairabedián, defensor de Concha, solicitó la absolución directa. Alternativamente, si el jurado llegase a considerar que hubo una actividad de carácter sexual, debería ser una pena máxima de 8 años.
Según la defensa, el abuso quedó en duda y a partir de esa circunstancia, todo el resto del cuadro posterior no debería ser atribuido a Concha, sino a Emiliano Conti.