Muerte digna en Córdoba: tras el fallo del TSJ, aún no le retiran el soporte vital a J.S
La Municipalidad estira la definición y no se descarta que apele ante la Corte Suprema de Justicia. El máximo órgano judicial de la provincia ordenó hace una semana desconectar al hombre de 64 años internado en el Hospital de Urgencias.
Cuando pasó ya una semana del fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que ordenó retirarle el soporte vital a J.S., el hombre de 64 años que se encuentra en estado vegetativo permanente hace varios meses en el Hospital Municipal de Urgencias y que su familia pide que sea desconectado, aún las autoridades de la ciudad no cumplieron con el fallo.
VER: Muerte digna en Córdoba: el TSJ ordenó retirarle el soporte vital a J.S.
En un fallo por unanimidad, el máximo cuerpo judicial de la provincia rechazó el recurso de amparo que presentó la Municipalidad de Córdoba contra la sentencia de la Cámara Contencioso-Administrativo de Segunda Nominación, que había hecho lugar al pedido de los familiares para retirarle el soporte vital.
El médico que acompaña a la familia de J.S en el pedido, Carlos Soriano, expresó sus quejas ante la demora por parte de la Municipalidad de cumplir con el fallo. “Están dejando correr los plazos para eventualmente, apelar a la Corte Suprema de Justicia” estimó el profesional de la salud.
Ver: Autorizan la muerte digna de un paciente en Córdoba: "Es un fallo paradigmático"
En otro tramo, criticó la actitud del municipio. “No se entiende la perversidad, ni el obstinamiento terapéutico, el capricho por el cual están haciendo sufrir a una familia”, señaló.
Soriano consideró que en caso de que apelen a la Corte Suprema, “seguramente” el máximo tribunal del país, también rechazará la negativa municipal. “Si uno lee las 49 páginas del fallo del TSJ, que es impecable y no solo les dice que cumplan la ley, sino que les dice que le sugiera a la ministra de salud que mande a estudiar a los profesionales”, del Hospital de Urgencias.
Ver: Inhumano: la Municipalidad de Córdoba apeló el fallo de muerte digna de J.S.
Cabe recordar que en sus fundamentos los vocales del alto cuerpo de la justicia provincial hicieron referencia a al informe del el Comité Consultivo y Operativo en Prácticas Médicas y Sanitarias en Bioética del Poder Judicial (Copramesab), según el cual J. S. no ha experimentado “cambios significativos en su estado neurológico” desde su internación.
Otro de los argumentos apuntó que frente a ciertas circunstancias clínicas (estado terminal o irreversible), “sea que el paciente haya tomado recaudos y haya emitido una DVA [declaración de voluntad anticipada], sea que sus representantes legales hayan reconstruido su voluntad (hipótesis de consentimiento por representación), las directivas son una orden dirigida al médico”, que debe ser cumplida y no judicializada.