La denuncia inicial tuvo lugar en la provincia de Córdoba, y la resolución de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) fue tajante: prohibir su comercialización.

La referencia tiene que ver con tres marcas distintas de aceites de oliva, productos que “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”.

No había registros sanitarios ni se pudo certificar su origen, por eso se procedió a prohibir “la elaboración, fraccionamiento y comercialización” de las marcas Cruz del Eje, La Costa y San Marco.

Prohíben aceite de oliva ilegal vendido como "original de las sierras de Córdoba"

En ese sentido, todos estaban “falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes”.

En la idea de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, y de allí la decisión.

La oficialización de esta decisión se dio a conocer este miércoles, con la Disposición 8843/2023.

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