Reconocen como padres de niña nacida por reproducción asistida, a integrantes de matrimonio igualitario
Lo decidió el Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba. Uno de los padres aportó material biológico, pero ambos acreditaron la voluntad procreacional.
En un fallo que amplía derechos, el Juzgado de Familia de 2ª Nominación reconoció como padres de una niña nacida por reproducción asistida a integrantes de un matrimonio igualitario de Córdoba.
En el fallo, el tribunal les otorgó el vínculo filiatorio con la niña y les reconoció el derecho a formar una familia. La pequeña nació mediante la técnica de reproducción asistida denominada gestación por sustitución o subrogada, como hija del progenitor biológico y de su cónyuge, en Colombia.
De acuerdo a lo que señala el comunicado de la Justicia de Córdoba, “los integrantes del matrimonio igualitario habían solicitado la inscripción de una sentencia dictada en el extranjero. Entre otras cuestiones, esta resolución declaraba que la gestante biológica no era la madre de la niña, ya que no había aportado material genético ni poseía voluntad procreacional”.
Agrega que además, “pidieron que la niña fuera reconocida como hija del matrimonio, ya que un miembro del matrimonio aportó sus gametos y ambos contaron con voluntad procreacional”.
En el fallo, el juez Gabriel Tavip destacó que ambos integrantes del matrimonio “realizaron su deseo de ser padres y su voluntad procreacional”, a través de la técnica mencionada.
En el fallo, el magistrado señala que “rechazar un pedido con los componentes citados, importaría una acción violatoria del derecho a formar una familia y a la igualdad, presente como eje neurálgico del derecho de las familias”.
También remarca que “el Estado Argentino debe garantizar el derecho a que esa hija, nacida por la utilización de la gestación por sustitución tenga la filiación matrimonial que corresponde”.
Desde la Fiscalía de Familia también apoyaron la resolución, al afirmar que "el reconocimiento no vulnera el orden público y “permite dar certidumbre jurídica a las partes, materializa el derecho a la identidad de la niña y permite una adecuación jurídica a la situación fáctica de la niña”.
En el mismo sentido se expresó tanto la Asesoría de Familia del 2° Turno, como la Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Córdoba.