Rige otro aumento en el transporte interurbano: suma 40% en poco más de un mes
El Ersep autorizó un nuevo incremento en enero del 16,7%. En diciembre había autorizado otra suba del 23%.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (Erspep) autorizó un nuevo incremento del 16,7% en la tarifa del boleto del transporte interurbano de pasajeros, que se suma a otro 23% aplicado en el mes de diciembre pasado.
A través de la Resolución 121 publicada en el Boletín Oficial, el organismo aclara que las empresas deberán presentar el nuevo cuadro tarifario con cinco días de antelación antes de aplicar la suba y fijó la nueva suba de la Tarifa Básica Kilométrica, que pasará de 6,08 pesos -con IVA incluido- a 7,10 pesos.
En el primer artículo de la normativa publicada autoriza “a las empresas prestatarias del Servicio Público de Transporte Interurbano de Pasajeros de la Provincia de Córdoba reguladas por la Ley N° 8669 y sus modificatorias a incrementar la Tarifa Básica Kilométrica vigente a un valor de $6,4270 incluyendo el 10,5 por ciento del IVA a los fines de comparar con la TBK vigente resulta un valor de $7,1018. De tal modo el incremento asciende a 16,73 por ciento respecto a la Tarifa Básica Kilométrica vigente de $ 6,0842 (IVA incluido)”.
Por otra parte, hace referencia a lo que podría suceder en caso de que haya modificaciones en materia de los subsidios otorgados por el Gobierno Nacional, dejando la puerta abierta a nuevos incrementos si es que se produce una baja en los montos recibidos. En el artículo 4 señala que “estando en consideración a nivel del Estado Provincial y Nacional, en el supuesto caso de haber modificaciones en los subsidios, las prestatarias podrán solicitar la adecuación tarifaria correspondiente”
Además, acalra que eso se considerará “en el marco de la Audiencia Pública de esta Mesa de Revisión Tarifaria de Transporte Interurbano de Pasajeros” para evaluar “el efecto que dicha quita provocaría sobre la tarifa vigente a ese momento. Asimismo, las prestatarias deberán acompañar la documentación respaldatoria que acredite tal situación, a los fines de su análisis. El Directorio del ERSeP podrá resolver dicha adecuación siempre en un margen máximo de la quita de subsidio”.