Tragedia de la Circunvalación: hoy se conocerá la sentencia contra Alan Amoedo
El juicio llega a su jornada final en la Cámara Novena del Crimen. Resta saber si el tribunal aplicará por primera vez en la provincia la figura de homicidio simple con dolo eventual contra el acusado, como pidieron el fiscal y la querella.
El juicio por la Tragedia de la Circunvalación llega a su fin durante esta jornada, en la que están convocados para que se escuche la última palabra de Fernanda Guardia, la única sobreviviente del terrible siniestro vial, como también de los familiares de las víctimas fatales Sol Viñolo y Agustín Burgos y del acusado Alan Amoedo, tras lo cual el tribunal pasará a deliberar para finalmente dictar sentencia.
Cabe recordar que finalmente el fiscal Gustavo Arocena solicitó agravar la acusación contra Amoedo y pidió nueve años de prisión, mientras que la querella encabezada por Claudio Orosz solicitó una pena de 20 años de prisión por "homicidio simple con dolo eventual" y "lesiones gravísimas". Por su parte, Benjamín Zonzini Astudillo, abogado defensor del acusado pidió en cambio que su representado sea condenado a tres años de prisión, por "homicidio culposo".
La principal expectativa está puesta en qué criterio aplican los jueces de la Cámara Novena del Crimen en relación con la incorporación de la figura de "homicidio simple con dolo eventual" en un siniestro vial con consecuencias fatales y su efectiva aplicación en una condena, cuestión que sería inédita en Córdoba.
A diferencia de la figura de "homicidio culposo", que sumado a la de "lesiones graves" tiene un techo de pena de 6 años de prisión, en el caso del "homicidio simple con dolo eventual" la escala penal prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión. Esta figura se aplica cuando una persona, en este caso Amoedo, se representa que manejar alcoholizado, en zig zag, con metabolitos de cocaína en sangre, pasando por la banquina, circulando por encima del límite de velocidad, puede ocasionar la muerte de alguien y sin embargo sigue adelante con su conducta.
El hecho ocurrió el 17 de mayo de 2021, cuando las víctimas se encontraban en la banquina de la autopista a causa de un desperfecto en el vehículo en el que se trasladaban Fernanda Guardia y Sol Viñolo. Agustín Burgos había llegado hasta el lugar en su propio auto para auxiliar a las jóvenes.
Amoedo circulaba a gran velocidad, zigzagueando y adelantándose por la banquina, cuando embistió a los tres jóvenes. Iba alcoholizado (el dosaje dio 2,07 gramos de alcohol en sangre) y con restos de cocaína en su organismo. Como consecuencia del hecho, Viñolo y Burgos murieron en el lugar, mientras que Guardia quedó con discapacidad de por vida por las graves heridas recibidas.
Si finalmente los jueces no aplican el dolo eventual como pidieron tanto el fiscal Arocena como la querella encabezada por Claudio Orosz, Amoedo podría ser condenado a una pena que puede variar entre los 4 y los 6 años de prisión. En cambio si aplicara por primera vez la figura de "homicidio simple con dolo eventual", la pena mínima para Amoedo arrancaría en los 8 años de prisión.
Cualquiera sea la dirección que adopten los magistrados de la Cámara Novena del Crimen en su sentencia, se descuenta que el caso terminará por vía de sucesivas apelaciones, primero en el Superior Tribunal de Justicia, que tampoco nunca convalidó la figura de "dolo eventual" en un siniestro vial con víctimas fatales y luego en la Corte Suprema de Justicia.
El papá de Sol, Carlos Viñolo, había expresado que si bien "a Sol no la voy a recuperar, podemos lograr un cambio para que deje de haber este tipo de muertes. Tiene que haber una condena pedagógica que cambie el paradigma".
El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano, quien también estuvo presente en el juicio como amicus curiae, había expresado que "el dolo es algo que se viene aplicando en varios tribunales del país". No obstante, agregó que "sería mucho mejor que el Código Penal tenga una norma clara y no dependa de una interpretación del juez".