Antidopaje: Por un deporte sin drogas, juego limpio y reglas justas
Fernando Recabarren, del Centro de Alto Rendimiento Deportivo de la Agencia Córdoba Deportes, explicó todo el proceso y prácticas que se realizan para que los deportistas no usen sustancias prohibidas y que deben estar dispuestos a que les hagan exámenes antidopaje. El profesional del CARD expresó su deseo por un DEPORTE limpio, justo y responsable.
Escuchá la nota con FERNANDO RECABARREN en La 580 Deportiva de Radio UNIVERSIDAD
- Antidopaje-
¿Qué es el dopaje?
Es el uso de sustancias no permitidas para hacer deportes.
¿A quiénes se aplica esta ley?
- Federaciones deportivas.
- Personas miembros de federaciones deportivas.
- Participantes de actividades organizadas por las federaciones deportivas.
-Obligaciones de los deportistas-
¿Qué obligaciones tienen los deportistas?
- Estar informados sobre las normas antidopaje.
- Estar disponibles para la toma de muestras.
- Ser responsables de lo que toman.
- Informar al personal médico que los atiende que como deportistas no pueden usar sustancias o métodos prohibidos.
- Colaborar con las organizaciones que investigan infracciones de las normas antidopaje e informar quiénes son las personas que trabajan como su personal de apoyo.
¿Qué obligaciones tienen las personas que trabajan como apoyo de los deportistas?
- Estar informados sobre las normas antidopaje.
- Cooperar con el programa de controles del deportista.* Usar su influencia en los valores y comportamiento del deportista para fomentar el antidopaje.
- Colaborar con las organizaciones antidopaje que investigan infracciones de las normas antidopaje.
- No usar ni tener ninguna sustancia prohibida o método prohibido sin una justificación válida.
-Infracciones-
¿Qué tipo de infracciones están incluidas en la ley?
Entre otras:
- Presencia de sustancias prohibidas en la muestra que se tome a un deportista.
- Uso o intento de uso de una sustancia o un método prohibido.
- Negativa o resistencia a una toma de muestras.
- Falsificación o intento de falsificación de cualquier parte del procedimiento de control.
- Posesión de sustancias o métodos prohibidos.
- Tráfico o intento de tráfico de sustancias o métodos prohibidos.
- Administración o intento de administración de sustancias o métodos prohibidos.
- Cualquier tipo de complicidad para cometer una infracción de las normas antidopaje.
- Asociación de un atleta con cualquier persona de apoyo al atleta que cumple un período de suspensión o fue condenada o hallada culpable por infracciones a las normas antidopaje.
-Dopaje y control antidopaje en el deporte-
Para el control antidopaje el deportista seleccionado en competencia debe asistir al laboratorio antidopaje y emitir dos muestras de orina que se guardan en dos contenedores (Muestra A y Muestra B), las que se sellan y lacran en presencia del deportista y el funcionario de control de dopaje.
Las muestras son luego enviadas al laboratorio analítico de control de dopaje correspondiente. Los procedimientos de toma de muestra, recepción y envío de muestras a nivel internacional al laboratorio están regulados y reglamentados.
Las muestras de orina son analizadas en un periodo relativamente breve 2 a 3 días, mediante técnicas avanzadas de cromatografía: HPLC-MS y cromatografía gaseosa con detección de masas en Tandem (GC- Tandem MS), que son capaces de detectar más de 600 sustancias prohibidas y sus similares.