La devolución de Ganancias comenzará en julio y será en cinco cuotas
Si bien la modificación aprobada por el Congreso aún no está reglamentada, a través del comunicado oficial que anunció las restricciones, el Gobierno adelantó como será la modalidad.
En el comunicado oficial donde se detallan las nuevas restricciones que regirán a partir del sábado, el gobierno nacional anunció también que la devolución de los importes retenidos por el impuesto a las Ganancias desde enero a la fecha, "se hará en 5 cuotas a partir del mes de julio".
Las modificaciones de los mínimos no imponibles aprobadas por el Congreso y publicadas en el Boletín Oficial, establecen que la norma es retroactiva a enero de este año, por lo cual deberán devolverse los montos descontados desde esa fecha hasta ahora, a quienes estén alcanzados por los cambios en el impuesto.
Cabe recordar que tras la aprobación de la ley, las personas asalariadas y jubiladas con ingresos brutos menores a 150 mil pesos o a 8 jubilaciones mínimas, dejarán de tributar. Las estimaciones indican que el universo total de personas alcanzadas por la medida, asciende a 1.270.000 beneficiarios y beneficiarias.
Si bien aún falta la reglamentación de la AFIP, el anuncio del gobierno confirma como será la modalidad de la devolución de los montos, que en total implicarán más de 12 mil millones de pesos en los bolsillos de quienes quedarán exceptuados. Por su parte, las empresas deben esperar la publicación de ese instrumento que les indicará como deben operar las devoluciones.
De acuerdo a lo comunicado oficialmente en la noche del jueves, esas devoluciones comenzarán en el mes de julio, por lo que se supone que será junto a los salarios de junio, y en las próximas jornadas debería oficializarse la reglamentación. Sí así fuera, las personas alcanzadas por la medida, contarán en los primeros días de julio, con el salario del mes de junio, el aguinaldo y la primera cuota correspondiente a la devolución de lo descontado por el impuesto a las ganancias desde el mes de enero.
En ese sentido, cabe recordar que el aguinaldo también estará exceptuado del pago del impuesto a las Ganancias para el universo de trabajadoras y trabajadores, como también jubilados y jubiladas, cuyos salarios se encuentren en el rango descripto por la modificación del tributo.