Más de 2.000 empresas que recibieron subsidios deberán devolver el dinero
Se trata de casos que abonaron salarios durante la pandemia mediante el programa estatal ATP, pero incumplieron con las limitaciones que se exigía para poder acceder al beneficio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que intimará a unas 2.000 empresas a devolver los fondos otorgados en concepto de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) correspondientes a salarios complementarios, por incumplir las condiciones del programa.
Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio, informó la AFIP.
El Estado invirtió más de $220.000 millones durante 2020 para financiar el salario complementario, en el contexto de las restricciones de funcionamientos por la pandemia de coronavirus, y pagó parte de los sueldos de las empresas afectadas.
Las limitaciones que debían observar las compañías beneficiadas con la asistencia:
- No puede haber distribución de utilidades a partir de noviembre de 2019.
- No se permite la recompra de acciones directa o indirectamente.
- No está permitido adquirir títulos valores en pesos para luego haberlo vendido en moneda extranjera o haberlo transferido en custodia al exterior.
- No pueden remitirse fondos al exterior con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
- No se permite el incremento de honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un 5% nominal de su valor en pesos moneda nacional. Esto alcanza a los pagos adicionales, bonificaciones u honorarios extraordinarios.
Incumplidores
Mediante la Resolución General N°5035, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo fiscal estableció que quienes incumplieron las condiciones de los ATP recibirán una notificación en la que se les informa que tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas.
Los pagos podrán hacerse a través de cuotas: un pago inicial del 20% de la deuda consolidada y hasta 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a tasa efectiva mensual será del 2%.
A fines de diciembre de 2020 se tomaron las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP y se dio participación al Banco Central y a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para tener información acerca de si había habido alguno de los incumplimientos previstos por la normativa. Donde se detectaron las irregularidades en as empresas que ahora serán notificadas.