Economía
Monotributistas: el 20 de enero vence el plazo para la recategorización
Los contribuyentes deberán evaluar si han tenido modificaciones en sus montos de facturación en los últimos doce meses.
Según detalla la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), las modificaciones deberán hacerse a través del sitio web del ente recaudador fiscal.
La recategorización procede "sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en e desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar.
Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría".
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