Por la pandemia, Rentas modificó vencimientos y lanzó beneficios para pagar
La DGR anunció diferimientos de pago y facilidades. La ayuda es para personas en general y, particularmente, para sectores afectados por las restricciones. Hasta el 18 de julio se pueden gestionar los beneficios especiales para rubros comerciales afectados.
El Gobierno de la Provincia de Córdoba dispuso una serie de medidas destinadas a “aliviar la afectación económica provocada por la pandemia”. Según se informó, son mecanismos que permiten solicitar diferimientos de pago y otras facilidades.
Las mismas, están destinadas a la ciudadanía en general y, en especial, para apoyar a quienes desarrollan actividades económicas que fueron suspendidas por el Decreto Nacional, en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19.
Hasta el 18 de julio hay plazo para acceder a beneficios para rubros que se vieron afectados por las restricciones.
Los detalles
Para el servicio de transporte automotor turístico de pasajeros, se difiere hasta el 30-09-2021 el vencimiento de las cuotas 2 a 12 de 2020 de los Impuestos Inmobiliario Urbano y Automotor, sin intereses por mora ni actualizaciones.
En el caso del impuesto automotor, también se difieren las cuotas 1 a 3 de 2021, las cuales se pueden abonar hasta el 30-09-2021. Por su parte, las cuotas 4 a 7 del 2021 quedan eximidas. En caso de que el pago ya se haya realizado, tendrá un crédito del 33% del monto abonado.
Estos beneficios se dan de oficio siempre que esté inscripto en esa actividad a mayo del 2021.
Por más información, puede acceder aquí.
----- -----
También hay beneficios de exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
Por los meses de mayo, junio, julio y agosto para Clínicas y Sanatorios que hayan suscripto con el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba contratos y/o convenios para la atención prioritaria de pacientes afectados por Coronavirus (COVID-19). El beneficio de exención es exclusivamente, en relación a los ingresos provenientes del desarrollo de la actividad: «Servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental”.
Por el mes de junio sobre los “Servicios Inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes urbanos propios o arrendados n.c.p”, exclusivo para quienes realizan la “Explotación de centros comerciales y/o shoppings”. Además, se los excluye del padrón de SIRCREB de julio, siempre y cuando ésta sea la actividad principal.
Por los meses de junio, julio y agosto para contribuyentes que estén inscriptos en la actividad Servicios de “fast food” y locales de venta de comidas y bebidas al paso”. La carga de la exención es automática.
Además, hasta el 18 de julio hay plazo para inscribirse y acceder a ayudas directas por restricción de la actividad. Son ayudas económicas y financieras para actividades restringidas. Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba.
Los rubros alcanzados:
Agencias de viajes
Transporte especial
Bares, confiterías y restaurantes
Salones de fiesta y discotecas
Gimnasio, natatorios y canchas
Escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas
Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas
Cines, autocines y centros culturales
Centros de formación profesional y academias de oficios
Transporte escolar
Cantinas dentro de establecimientos educativos
Guarderías y jardines maternales
Producción, composición, representación y servicios conexos al desarrollo de espectáculos teatrales y musicales
Peluquerías, centros de estética, spa y similares
Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos
Servicios de entretenimiento.
Accedé a la información en esta página.
https://prensa.cba.gov.ar/