Prorrogan el programa de ayuda estatal para el pago de sueldos de junio
Lo resolvió el ministerio de Trabajo de la Nación para los salarios devengados durante el mes de junio. Es para empresas de sectores críticos e independientes. Los detalles en la nota.
A través de la Resolución 341/2021 del ministerio de Trabajo de la Nación publicada en el Boletín Oficial, la cartera laboral dispuso la prórroga del Programa de Recuperación Productiva (REPRO II) destinado a la ayuda del pago de los salarios de junio de empresas de sectores críticos e independientes.
La medida establece que la ayuda estatal de hasta 22 mil pesos por trabajador, dependiendo del sector en el que se desempeña, estará destinada a las empresas cuya facturación durante el mes de junio de este año, presente "una reducción superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales" en relación al mismo período del 2019.
Paralelamente, también se extendió durante junio el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, destinado al sector gastronómico y a los autónomos de muchos otros rubros, como hoteles, turismo y peluquería, entre otros.
También es este caso deberán "presentar una reducción de la facturación superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 22° de junio de 2021 y entre el 1° y el 22° de junio de 2019"..
Cabe recordar que el gobierno nacional había ampliado el listado considerado de actividades críticas incluyendo a:
-Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)
-Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio)
Por otra parte, también las empresas pertenecientes a los sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura cuentan con los siguientes beneficios:
-Reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
-Requerimiento de información limitada a dos indicadores: facturación y liquidez corriente. Se exime de la obligación de presentar balance.