Los contribuyentes ya pueden gestionar la exención del pago del impuesto de Comercio e Industria del mes de abril, informó la Municipalidad de Córdoba.

La exención rige para actividades económicas directamente afectadas por la situación de emergencia, no declaradas esenciales ni exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

Además, en su artíclo 1° determina que este beneficio rige siempre que “el importe tributario a pagar resulte igual o menor a los montos fijos mínimos establecidos para cada actividad por la ordenanza tarifaria anual vigente”.

El trámite se realiza a través del portal web de AFIP.