La compensación económica es un derecho
Tras conocerse el acuerdo alcanzado entre Paulo Londra y Rocío Moreno, la figura de la compensación económica para el conviviente se puso en agenda. Redacción Abierta invitó a las abogadas Tatiana Ríos y Luciana Ulla para que expliquen de qué se trata.
Rocío Moreno fue pareja del trapero Paulo Londra, con quien tienen dos hijas en común, y luego de separarse, entraron en conflicto no sólo por la cuota alimentaria de las niñas, sino que la mujer reclamaba una compensación económica para la joven, quien asegura que dejó de lado su carrera profesional para acompañar al cantante.
“Se reconocieron los derechos de la mujer conviviente”, dijo Ana Rossenfeld celebrando el resultado de la defensa de Moreno.
Para entender de qué se trata la figura de la compensación económica y que representa para el Derecho de Familia, el programa Redacción Abierta invitó a Tatiana Ríos, abogada, y a Luciana Ulla, abogada especialista en la materia.
“Es el derecho que tiene el conviviente o ex cónyuge y que se ha producido un desequilibro económico en su vida. Tiene el derecho a ser reconocido y recibir un pago en dinero”, explicó Ulla, quien fue letrada de Moreno durante el proceso.
Además, especificó por qué se habla de sostener el nivel de vida que se tenía mientras se convivía: “Está basado en que los hijos se tienen que sentir de la misma forma en una casa y otra, sino se nota la desigualdad entra cada una. El legislador debe buscar que esa diferencia no se note. Por eso quien más gana de los padres, compensa al que menos gana. Mas allá del tiempo que pasan con los hijos”.
Por su parte, Ríos comentó que en derecho a la compensación económica, la perspectiva de género no es exclusivo de las mujeres. “Es integral, porque la puede pedir cualquier persona. Se ve generalmente en las mujeres, porque son las que más se hacen cargo de las tareas de cuidado”, argumentó por la pantalla de Canal 10.
Una vez logrado el acuerdo, el control de su cumplimiento queda a cargo de las partes. “En caso de incumplimiento deberá avisarle a su abogado”, sostuvo Ulla y aclaró que son acuerdos que no se hacen en escribanías, deben ser homologados por los Tribunales de Familia.
Las abogadas coincidieron en que son casos donde “gana toda la familia o pierde toda la familia, porque ambos progenitores son igual de importantes”.
Cuando las situaciones se complican y se dificulta conciliar, “hay que tratar de bregar por los intereses de los hijos”, aseguraron las dos.