¿Puedo votar en las elecciones generales de noviembre si no voté en las PASO?
En las elecciones del domingo pasado se registró la menor participación de votantes de los últimos años, con la asistencia del 68% del padrón. Qué debe hacer quien no haya podido sufragar pero quiera hacerlo en las generales.
El domingo en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) concurrió a votar sólo el 68% de las personas que estaban habilitadas para sufragar. Se trata del menor nivel de votantes en las PASO desde que se comenzaron a implementar en 2011.
Además, fueron las primeras elecciones nacionales en pandemia, lo que pudo haber tenido incidencia en la cantidad de gente que no se acercó a las urnas por temor al coronavirus.
Quienes no hayan podido votar deberán justificar el motivo, de lo contrario pagarán una multa.
¿Podrán votar en las generales de noviembre?
La respuesta es sí, siempre y cuando puedan justificarse por medio del apartado específico que ofrece el sitio de la Cámara Nacional Electoral ingresando al sitio web de la CNE www.electoral.gob.ar
El documento a presentar debe avalar el motivo de la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano. Este año, por el contexto de pandemia de Covid-19, a las justificaciones de no emisión de voto que se encuentran dentro de las previsiones del artículo 12 del Código Electoral Nacional, se le suman las ausencias por contagios, contactos estrechos, o síntomas relacionados a casos de Covid.
¿Qué pasa si no justifico la no emisión del voto en las PASO?
Las personas que no hayan ido a sufragar el domingo 12 de setiembre, deberán pagar una multa que varía según la instancia, es decir, si el elector se ausentó en las PASO o en las generales. Además, afecta a la posibilidad de hacer trámites, obtener el pasaporte y de presentarse a cargos públicos. Éstos son los valores de las sanciones, que no deja exento al votante de tener problemas a futuro con algunos trámites nacionales.
Multa por no votar en las PASO: 50 pesos
Multa por no votar en las generales: 100 pesos
Estas multas son acumulables y podrán generar inconvenientes futuro, como no obtener el pasaporte durante un año, no ser designados funcionarios públicos durante tres años, entre otros.
¿Cuáles son los justificativos que se pueden alegar ante la no emisión del voto?
Existe una lista de justificativos que serán aceptados para que las personas que no participaron de las PASO 2021 puedan emitir su sufragio el próximo 14 de noviembre en las elecciones generales.
Están justificadas las faltas de:
1)Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
2) Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deberán obtener el certificado en la comisaría más próxima y luego subir la documentación en el sitio web de la CNE.
3) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
4) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
Con información de la CNE y BAE Negocios