Absuelven a los acusados de un derrame de petróleo de 2007
Con desazón concluyó el primer juicio de este tipo en el país. Pese a comprobarse responsabilidades y que el hecho intentó ocultarse, no hubo condenas.
Era la Navidad de 2007 cuando las costas de la zona de Caleta Córdova, en Comodoro Rivadavia, se tiñeron de negro. En materia judicial, ese pareció el color que inundó a los vecinos y ambientalistas que conocieron este lunes la sentencia judicial por el caso.
Es que todos los imputados en el primer juicio que tuvo lugar en el país por un derrame de petróleo, fueron absueltos.
Los argumentos del Tribunal, compuesto por los jueces Enrique Guanziroli y Luis Giménez y la jueza Ana María D’Alessio, apuntaron a que no pudo comprobarse que la contaminación "fuera un resultado previsto y querido por los acusados y menos, que desaprensivamente en el marco de sus experiencias profesionales, omitieran tomar los recaudos necesarios para evitar los daños".
El fallo remarca que ninguna prueba "demostró la relevancia y vinculación de las actuaciones de los acusados, con el hecho doloso dañoso producido y no obstante el tiempo transcurrido" lo cual "impide a esta altura afirmar con certeza, que ellos fueron artífices deliberados del desastre".
En Chubut había expectativa en que los efectos del derrame del buque Arturo Illia, de la firma Antares Naviera, cuyos impactos ambientales son "complejos e inciertos" tuvieran otra resolución.
En aquella jornada unos 300 metros cúbicos de hidrocarburos fueron dispersos en esa zona costera de Chubut, mientras se realizaban operaciones de descarga de lastre y carga de crudo en la monoboya de la empresa Termap.
Comodoro Rivadavia es, paradójicamente, reconocida como la Capital Nacional del Petróleo.
El fiscal general del caso, Teodoro Nürnberg, había pedido cinco años de prisión para Ricardo Ávalos, por considerarlo coautor de "contaminación de modo peligroso para la salud, el suelo, el agua y el ambiente general".
También cuatro años para Raúl Gemini, por ser coautor, además de tres años y 8 meses para Rubén Valle, por considerar que era partícipe necesario. Para los integrantes de la tripulación Raúl Pascual y Mariano Giordano, no se había solicitado pena alguna.