Denunciaron a Manzur por hacer un asado y violar la cuarentena
El gobernador tucumano junto a una docena de funcionarios políticos, del Poder Judicial y legisladores se habrían reunido violando el aislamiento social obligatorio.
El gobernador Juan Manzur fue denunciado penalmente junto a funcionarios de los tres poderes del Estado provincial, entre ellos un vocal de la Corte Suprema de Justicia, por haber violado la cuarentena obligatoria por el coronavirus para juntarse a comer un asado.
La presentación fue realizada ante la Justicia Federal de Tucumán por la representante de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, Alejandra Martínez Romero y el abogado local, Gustavo Morales.
Además de Manzur, la denuncia apunta contra el vocal de la Corte Suprema local, Daniel Leiva; el vicegobernador Osvaldo Jaldo; la diputada nacional, Gladys del Valle Medina; los intendentes justicialistas, Darío Monteros, Carlos Najar, Javier Noguera y Aldo Salomón; el vicepresidente de la Legislatura provincial, Gerónimo Vargas Aignasse; los ministros del Interior, Miguel Acevedo; de Desarrollo Social, Gabriel Yedlin y de Salud, Rossana Chahla.
Según la denuncia, el Gobernador y los altos funcionarios y legisladores tucumanos habrían compartido un asado reunidos en la casa de la diputada Medina y su esposo, el intendente Monteros, en la ciudad de Banda del Río Salí, ubicada a unos 8 kilómetros de la ciudad de San Miguel de Tucumán.
El planteo advierte que los denunciados "violaron lo ordenado por el Poder Ejecutivo Nacional en el decreto 297/2020, donde se establece que ante un supuesto de infracción al aislamiento social preventivo y obligatorio corresponde la inmediata intervención de la Justicia Penal".
Según los denunciantes, la actitud asumida por los funcionarios provinciales califica en el tipo delictivo contemplado en el artículo 205 del Código Penal. "Es un delito doloso. El autor debe conocer el deber impuesto por las medidas sanitarias, la situación de riesgo de epidemia y la obligación de cumplir con dichas medidas en el caso concreto", señalaron. Además, advirtieron que "se trata de un delito de mera actividad que se consuma con la mera infracción del mandato o prohibición emanada de la fuente jurídica".