Infractores a la Ley Electoral: qué pasa con quiénes no votaron
Se puede acceder a un registro que va desde los comicios de 2015 hasta 2017. Hay una multa económica, simbólica, prevista.
Con un registro que va desde los comicios de 2015 hasta 2017, a través de un sitio web, la Justicia Electoral Nacional sostiene un registro de infractores.
Se trata de las personas que no concurrieron a emitir el voto, que tiene carácter obligatorio en nuestro país.
Colocando número de documento y distrito, el programa da a conocer si su voto fue registrado o no en los comicios correspondientes.
Qué pasa si no se vota
Incluidos quienes no fueron este domingo a votar, existen causales de justificación para no concurrir a votar, que van desde razones de fuerza mayor, como una enfermedad (requerirá certificado médico a presentar ante las autoridades judiciales con posterioridad) o estar a más de 500 kilómetros del lugar a sufragar.
En este último caso, es necesario presentar, para justificar tal cuestión, un certificado emitido en una dependencia policial el mismo domingo.
Quienes se desempeñaron en organismos y empresas de servicios públicos, al igual que jueces y auxiliares implicados en los comicios, también tienen justificada su ausencia.
La pena contemplada por ley es el pago del 10% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hoy se ubica en $ 1.250.
La norma también prohíbe al infractor ejercer cargos públicos durante un año.