La Junta Electoral Municipal hizo lugar a la impugnación contra Llaryora
Córdoba Cambia y la UCR reclamaron por el domicilio del candidato a intendente de Hacemos por Córdoba. Ahora, definiría la jueza Vidal.
Martín Llaryora, según la Junta Electoral Municipal, no puede ser candidato a Intendente de la ciudad de Córdoba por el frente Hacemos por Córdoba.
En la resolución del tribunal se rechaza la postulación del actual diputado nacional y exintendente de la ciudad de San Francisco, haciendo lugar al reclamo de Córdoba Cambia, que lleva como candidato a Luis Juez, y la Unión Cívica Radical, con Rodrigo De Loredo como postulante al Palacio 6 de Julio.
En el fallo, firmado por Beatriz Álvarez -presidenta del organismo-, se establece que la alianza Hacemos por Córdoba debe correr el orden de la lista de titulares y que la complete con el primer suplente que satisfaga la paridad de género.
El caso sería apelado desde el espacio de Llaryora y llegaría a manos de la jueza electoral Marta Vidal quien definirá la situación.
El reclamo comenzó con “la alianza ‘Córdoba Cambia’", quienes habían solicitado la no oficialización de la candidatura del Martín Llaryora "por no cumplir el requisito del artículo 81 inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal”.
De igual modo, la Unión Cívica Radical hizo el mismo pedido por “no cumplir con el requisito del art. 50 y 81 de la COM” sobre la residencia continua de cuatro años continuos en la capital cordobesa.
Ante estos reclamos, la Junta Electoral Municipal resolvió:
Oficializar la lista Hacemos por Córdoba pero, al mismo tiempo, impugnar la candidatura de Martín Llaryora por no reunir "las calidades necesarias para ser candidato a Intendente".
Luego, "dispone correr el orden de lista de titulares y completarla con el primer suplente que satisface paridad de género".
Y, finalmente, emplaza a la alianza Hacemos por Córdoba para "registrar otro suplente en el último lugar de la lista en un plazo de 48 horas".