La Justicia Electoral garantiza el voto al cierre del comicio
La Secretaria Electoral en Córdoba emitió un comunicado en relación a las demoras en el ingreso de electores a los establecimientos de votación.
Atento las demoras en el ingreso de electores a los establecimientos de votación, se realizaron presentaciones en la justicia para agilizar los comicios en dichas presentaciones y se resolvió que lo más conveniente es que:
1.- Que las colas se hagan por mesa y no por escuela.
2.- Que las personas ingresen a los colegios siempre que se respete el distanciamiento social y usen barbijo.
3.- Que todas las personas que estén fuera del establecimiento a las 18hs recibirán un número y podrán ingresar y votar.
Pautas de organización:
Poder Judicial de la Nación JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 1
Córdoba, 12 de septiembre de 2021.
Habiendo tomado conocimientos de las largas filas formadas en los establecimientos de votación en el marco de las elecciones PASO del 12/9/2021: Exhorto al Comando Electoral y Delegados de los establecimientos de votación en el distrito Córdoba, a arbitrar los medios necesarios para garantizar el acceso de la ciudadanía de modo que puedan ejercer su derecho político, con la observación prudente de lo señalado por la CNE en el Protocolo Sanitario de Prevención Covid-19
– Elecciones Nacionales 2021 (Ac. 83/2021, comunicada oportunamente), ajustando la distancia y el acceso en la manera de la real necesitad. Por ejemplo; en la medida de lo posible deberá organizar las filas de espera de manera ordenada en cada MESA que se encuentra habilitada en el establecimiento, y no una única fila al ingreso del establecimiento de votación. Para ello, deberán tener presente el espacio abierto propio del establecimiento y donde se han instalado las mesas de votación, además de la cantidad de personas que se encuentran dentro del establecimiento aguardando para la emisión de su voto, procurando evitar las demoras innecesarias al ingreso de dicho local.
Aclaración, todos aquellos electores que a la hora 18 se encuentren en la fila única fuera del local de votación, y a los fines de dar cumplimiento a lo previsto por el art. 100 del Código Electoral Nacional, podrán ingresar para emitir su voto según la constatación del personal policial, que dé cuenta que ya se encontraban formados en la fila a la espera de emitir su voto.
Notifíquese