Por unanimidad, la Ley de Talles cuenta con media sanción del Senado
Busca establecer un registro único y estandarizado. En contra de la discriminación de marcas, apunta a atacar la bulimia y la anorexia
Este miércoles, el Senado de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto de la Ley Nacional de Talles que busca establecer un registro único y estandarizado, accesible para el consumidor y actualizado cada 10 años.
La iniciativa, que impondrá medidas contra la discriminación en los comercios y apunta a atacar enfermedades como la bulimia y la anorexia, fue girado a Diputados.
“Sabemos del difícil momento de la industria textil, pero arribamos a un acuerdo para que salga la ley nacional de talles. El talle único no es único talle”, enfatizó la senadora por Frente Para la Victoria y PJ, María de los Ángeles Sacnun, titular de la Comisión de Industria y Comercio y miembro informante del proyecto.
La iniciativa crea el “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI), correspondiente a medidas corporales estandarizadas, con destino a la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años de edad.
Este sistema será de aplicación obligatoria, y el proyecto establece que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo correspondiente, deberá realizar en todo el país y cada 10 años un estudio antropométrico de la población, con el fin de actualizar la base de datos.
Además, se indica que “todo comerciante, fabricante o importador de indumentaria debe identificar cada prenda de acuerdo con el SUNITI”, y la etiqueta debe ser “de fácil comprensión para el consumidor” y debe estar “adherida a la prenda”.
Los comercios, por su parte, estarán obligados a exhibir un cartel de un mínimo de 15 x 21, en un lugar de fácil visibilización, que contenga la tabla de medidas corporales normalizadas.
Otro aspecto novedoso es que los locales tendrán que “garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores”, y en ese sentido “deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”.
Ante el incumplimiento de la ley, habrá sanciones que son las contempladas en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y la Ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios.
“Esta ley nacional de talles es un paso más en los derechos de las mujeres y contra la discriminación”, destacó la rionegrina Magdalena Odarda.