Qué dice la Ley Electoral sobre la posibilidad de un balotaje
Cuáles son las chances de que se vuelva a repetir un desenlace presidencial entre dos candidatos.
Este domingo tienen lugar en Argentina las elecciones generales, donde se renuevan los principales cargos del Poder Ejecutivo nacional.
El Código Nacional Electoral establece en esta instancia la posibilidad de que exista un balotaje, entre los dos principales candidatos.
De acuerdo al artículo 149 de la ley 19.945, “resultará electa la fórmula que obtenga más del cuarenta y cinco por ciento (45%) de los votos afirmativos válidamente emitidos”.
Continúa marcando que “en su defecto, aquella que hubiere obtenido el cuarenta por ciento (40%) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y además existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos, sobre la fórmula que le sigue en número de votos”.
De acuerdo a las elecciones primarias, Alberto Fernández sería electo presidente, de repetirse los 12.205.938 votos.
Sobre los 24.660.382 de sufragios afirmativos, el número final fue del 49,5%.
Tales números se cumplieron con una participación del 76,4% de las personas habilitadas.