Reforma del Código Penal: impacto en la Interrupción Voluntaria del Embarazo
En el anteproyecto enviado por el Ejecutivo Nacional se crean nuevas figuras, se mantienen las penas y se restringe su acceso.
La reforma al Código Penal que impulsa el Gobierno nacional propone varias modificaciones en torno al derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ILE).
Así, el anteproyecto que envió el presidente Mauricio Macri al Congreso en la noche del lunes, firmado por el ministro de Justicia, Germán Garavano y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, crea nuevas figuras como el “aborto culposo” –por imprudencia o negligencia– y le da estatus jurídico al feto al incorporar como delito la “lesión a la persona por nacer” en forma dolosa y culposa.
Con ello, se propone que el aborto siga penalizado tanto al personal de salud que lo realiza como para las mujeres que lo solicitan.
En el primer caso, se mantienen iguales a como están ahora: de 3 a 10 años cuando es sin consentimiento de la mujer y de 1 a 4 años, con consentimiento.
En relación a las penas previstas para la mujer, en lugar de la vigente de 1 a 4 años, se establece de 1 a 3 años, es decir, se reduce el máximo en un año, lo que puede significar mayores posibilidades de que la pena de prisión no sea de cumplimiento efectivo, aunque depende del criterio judicial.
Esta reforma, además, restringe su acceso en relación a la legislación vigente desde 1921 y a la interpretación que dio la Corte Suprema con el histórico fallo FAL.
Este fallo refiere al concepto de salud integral de acuerdo a los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que la considera en sus dimensiones biológicas, psicológicas y también los factores sociales y no solo a las causales de peligro para la vida o la salud de la mujer y en caso de violación.
En la propuesta que impulsa el macrismo al “crear el delito de aborto culposo, no sólo robustece el camino punitivo, sino que configura una directa amenaza a los profesionales intervinientes en las prácticas de salud, que ven una nueva figura delictiva que los involucra más allá de otras figuras penales que se les aplicarán ante la comisión de hechos dañosos por mala praxis, que ya están contemplados”, dice el pronunciamiento que recibió el ministro Germán Garavano por parte de organizaciones que luchan por ese derecho.
La noticia fue una sorpresa para la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito que planeaba presentar en abril su nuevo proyecto, en el que volvería a proponer despenalizar y legalizar la práctica dentro de las primeras 14 semanas de gestación y más allá de ese plazo en las causales ya previstas en el Código Penal, desde 1921.