¿Cuál es el nuevo régimen de flexibilidad por localidades?
El COE dio a conocer las actividades que autorizadas, en el marco de una flexibilazación "progresiva y escalonada" en algunos sectores.
El COE anunció este viernes que las pequeñas localidades, es decir aquellas de menos de 50.000 habitantes, tienen la autorización para nuevas actividades.
Las mismas son: construcción privada, actividad comercial (de lunes a sábado de 8 a 16) e industrial.
Para la actividad profesional se extienden los días de atención de lunes a sábado.
El objetivo de estas medidas es promover esquemas de flexibilización progresiva y escalonada del aislamiento social, preventivo y obligatorio, teniendo en cuenta la realidad socio-sanitaria local; con apoyo en los informes epidemiológicos y contemplando las características de cada región.
En tanto, en las localidades más grandes, aquellas de más de 50 mil habitantes como Río Cuarto, Las Higueras, Santa Catalina, Holmberg, Villa María, Villa Nueva, San Francisco, Alta Gracia y Carlos Paz, se dispuso que desde el lunes el comercio podrá atender de lunes a viernes por la tarde (de 14 a 20) y sábado por la mañana (8 a 13); mientras que la actividad bancaria continuará funcionando solo por la mañana.
Además, continúa permitida la obra privada (solo de 8 a 14) y las actividades profesionales (solo dos días a la semana) e industrias.
Será responsabilidad de los COE regionales generar modificaciones por cuestiones organizativas (tales como horarios de atención) y correrá por cuenta de ellos cualquier interpretación adicional que sea necesaria.
Como condición previa para llevar adelante estos procesos de flexibilidad, los municipios y comunas deberán sostener un estricto control sobre las instituciones que contienen a poblaciones vulnerables, es decir, los centros de salud, diálisis, residencias geriátricas, entre otras.
Adicionalmente, tendrán el compromiso de aprobar los protocolos a través de sus Concejos Deliberantes y supervisar su aplicación.
Estas decisiones no incluyen a Córdoba y Gran Córdoba, que continuará el aislamiento social preventivo y obligatorio, con las mismas especificaciones que hasta hoy, de acuerdo a lo que establece el DNU 408/2020.
Cabe señalar que el COE central se reservará la potestad de declarar en cualquier momento un “área roja focal”, establecer cordones sanitarios y tomar las decisiones necesarias para contener situaciones epidemiológicas puntuales que pudieran surgir.