"Fidelio no está acusado de nada, es una investigación administrativa"
Pedro Yanzi Ferreira, el vicerrector de la UNC, se refirió a la situación del recientemente designado Director del Malbrán, ahora exdirector de Hemoderivados.
En la jornada de este martes se conocía la designación de Pascual Fidelio frente al Instituto de Análisis Malbrán, el único ente de salud encargado de realizar los estudios de detección del coronavirus en Argentina.
Fidelio, estuvo hasta recientemente al frente del directorio del Laboratorio de Hemoderivados de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). Sin embargo, en medios nacionales trascendió la información que se había abierto un sumario administrativo en su contra por “supuestas irregularidades”.
Desde la Universidad Nacional de Córdobna, su vicerrector, Pedro Yanzi Ferreira, explicó que “hay una resolución, que es pública, donde se ha instruido y dispuesto un sumario pero no significa que se le esté acusando absolutamente de nada sino que es una investigación, donde está asegurado el derecho a defensa, el debido proceso y el principio de inocencia”.
Así, en un móvil de Canal 10, detalló que “se dispuso esa resolución conforme al directorio actual del Laboratorio de Hemoderivados que “le hizo una nota al rector de la UNC, Hugo Juri, previamente pasó por Asuntos Jurídicos de la Universidad que, con un dictamen, están sugiriendo que el señor Rector disponga un sumario conforme a la constancia obrante en ese expediente”.
Aclaró que de “esa supuesta irregularidad que se labró en el Laboratorio de Hemoderivados” no puede dar detalles “porque no puedo hablar de la constancia obrante en autos” y porque “el sumario es secreto y se está asegurando el derecho a defensa en debido proceso”.
Qué dice la resolución
Según circuló, el articulado plantea lo siguiente:
ARTÍCULO 1º: Instrúyase con carácter inmediato sumario administrativo por la Dirección General de Sumarios a los fines de la investigación de los hechos que motivaron las presentes actuaciones y de deslindar las eventuales responsabilidad de los posibles responsables, otorgándosele la participación que permite su derecho de defensa, conforme los lineamientos vertidos por los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º: Disponer con carácter preventivo, en virtud de lo establecido en el artículo 91º del Anexo I del Reglamento de Investigaciones Administrativas de la Ordenanza H.C.S. 09/12, el traslado de los agentes Pablo Germán Gatti D.N.I. 24.575.942 (Legajo 37079) y Pascual Armando Fidelio D.N.I. 16.515.468 (Legajo 25766), ambos al Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología -HUMN- y al agente Maximiliano Ariel Flynn D.N.I. 21.366.722 (Legajo 45704) al Taller General de Imprenta, mientras dure la sustanciación de las actuaciones sumariales.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese y pase a su conocimiento y demás efectos al Laboratorio de Hemoderivados, a la Facultad de Ciencias Médicas, al Taller General de Imprenta y a la Dirección General de Sumarios.