En etapas más estrictas de la cuarentena, el Certificado Único Habilitante para Circular y la posibilidad de exhibirlo por medio de la APP Cuidar fueron parte de la documentación prioritaria y obligatoria para poder trasladarse a cualquier lugar.

Primero para personal esencial, pero también incluía numerosos motivos de urgencia o de fuerza mayor que fueron contemplados para exceptuar a ciudadanos y ciudadanas.

Sin embargo, a medida que la situación sanitaria fue cediendo y se fueron flexibilizando cada vez más actividades, estas herramientas parecieran haberse dejado de usar. 

Veamos qué ocurre en la práctica

No es solo una sensación sino que desde hace tiempo dejaron de haber en Córdoba operativos de control especial en calles y rutas destinados a la cuestión sanitaria. Más bien, estas facultades siguen presentes en los controles, pero en aquellos que son habituales en el marco de lo que denominan “Seguridad Pública”.

En la práctica, los controles ya no se concentran prioritariamente en los caminos y rutas y del tema de la App Cuidar se habla cada vez menos. Y, claro, esto se asocia a la gran cantidad de flexibilizaciones que rigen y que hacen que en esta "nueva normalidad" ya casi nada está totalmente prohibido.

Hoy por hoy, solo rige la restricción para circular por la noche, de 1 a 6, pero aun así es muy infrecuente el pedido de certificados de circulación de la App Cuidar. 

Fuentes oficiales del área de Seguridad consultadas por cba24n.com.ar admitieron que esta documentación o habilitación se pide con cada vez menos frecuencia y que ese control pasó a ser más habitual en los accesos a la provincia, más que en ciudades y rutas provinciales.

¿Qué dice la normativa vigente en Córdoba?

Siguiendo las disposiciones nacionales, durante la pandemia, la Provincia comunicó por medio de decretos los alcances de las medidas para nuestro territorio.

Solo con seguir las últimas publicaciones, se puede advertir que en la propia norma provincial la autorización para circular y la APP Cuidar dejaron de nombrarse de manera expresa.

En las medidas que rigieron a partir del 9 de julio y hasta el 25 de julio de este año fue la última vez que se mencionó a la herramienta. Puntualmente en el artículo que hacía referencia a los horarios de restricción a la circulación.

Decreto N° 685 - Artículo 2º.- HABILÍTASE el traslado interdepartamental entre las seis (06:00 hs.) y las cero (00:00 hs.) horas, debiéndose circular en todos los casos y horarios, con la autorización emitida por la aplicación “CUIDAR”.

Sin embargo, al menos en los otros tres decretos posteriores, dejó de ser tema expreso en la letra de la norma aunque se insiste en la “debida autorización” para la circulación de esenciales, en horarios restringidos. Tal es el caso del actual decreto, que rige hasta el 12 de este mes.

Decreto N° 962 - Artículo 3º.- DISPÓNESE la restricción de la circulación de personas, entre la una hora (01:00 hs.) y las seis horas (06:00 hs.) de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar actividades esenciales.

Qué se dice desde Nación y Provincia

A nivel nacional, desde hace un tiempo, se dejó a las provincias la gestión del uso y control del certificado para circular, aunque recuerdan que en el caso la aplicación móvil Cuidar, esta tiene otras utilidades como la posibilidad de autodiagnóstico, el carnet de vacunación, el certificado de turismo e información de utilidad sobre la pandemia de coronavirus.

Y, en lo referido a la circulación, el Certificado Único Habilitante para Circular dejó de ser una exigencia generalizada. Según la última norma nacional (Decreto 494, con vigencia del 7 de agosto al 1 de octubre de 2021) esto será obligatorio para el transporte público u horarios restringidos para circular, cuando se trate de aglomerados o ciudades en situación de alarma epidemiológica y sanitaria.

Decreto 494 - TÍTULO III - MEDIDAS ADICIONALES QUE REGIRÁN EN LOS AGLOMERADOS, DEPARTAMENTOS O PARTIDOS EN SITUACIÓN DE ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA - ARTÍCULO 12.- EXCEPCIONES A LA RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN NOCTURNA EN SITUACIÓN DE ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA. Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a tal fin.

En Córdoba, fuentes del Ministerio de Salud confirmaron que Córdoba no tiene zonas en esa condición epidemiológica y, en coincidencia con con lo que se señaló desde el área de Seguridad, el fuerte del pedido de estas herramientas se ha trasladado a las fronteras interprovinciales.

En conclusión, se advierte que los controles fueron cambiando y el Certificado para Circular y la App Cuidar de a poco dejaron de pedirse con la frecuencia que se hacía durante los períodos sanitarios en los que rigieron las medidas más restrictivas.

Por lo pronto, ambos instrumentos siguen activos y disponibles para ser tramitados en caso de necesidad de desplazamiento o viaje nocturno, que es el rango horario donde siguen existiendo restricciones.