A quiénes se solicita desde hoy el Certificado Único de Circulación
El documento oficial rige desde este lunes. Cuáles siguen en vigencia, para qué actividades está reservado y quiénes quedan exceptuados.
Desde este lunes, y tras idas y vueltas varias, está en vigencia el mentado Certificado Único Habilitante de Circulación.
Se trata del documento que se debe presentar a fuerzas de Seguridad y Militares, en los controles desplegados en todo el país para hacer efectivo el aislamiento obligatorio.
Desde hoy, se lo solicita a:
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Personal afectado a obra pública.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Servicios de lavandería.
Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Venta de garrafas.
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
Inscripción, identificación y documentación de personas.
Un gran núcleo de actividades, quedan exceptuadas.
En tal sentido, los certificados emitidos para tales fines, continúan teniendo vigencia.