La nueva moratoria de Anses consta de dos partes: la Unidad de pago de deuda previsional y la Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad. La primera ya está en marcha, hay turnos disponibles a través de la página de Anses (www.anses.gob.ar) y puede iniciarse el trámite. Para la segunda parte todavía no hay opción para obtener turno.

Plan de pago de deuda previsional: con años cumplidos pero sin aportes requeridos

La primera, según establece la Ley 27.705, podrá ser adquirida por las personas y por las y los derechohabientes del o la causante en el caso de pensión por fallecimiento y regirá por el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia, pudiendo ser prorrogado por igual período.

Quiénes pueden acceder

Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria y que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos:

Mujeres de 60 años o más

Varones de 65 años o más

Qué períodos se pueden regularizar

Se pueden completar períodos de aportes faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive, que se descontarán mensualmente de la jubilación.

Plan de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad

Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria, al ingresar en la página de Anses (www.anses.gob.ar) figura: Próximamente. Es decir que todavía no puede iniciarse el trámite.

Quiénes podrán acceder

Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.

Qué períodos podrán regularizar

Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.

Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.