Crimen organizado en Córdoba: confirman prisión preventiva para el líder de "Los Zetas"
Así lo determinó la Cámara de Acusación. Juan Enrique Carabajal Conde, alias "El Narrador" está imputado por los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada contra Kevin Montalván Llanos y robo calificado por el uso de arma de fuego apta. "Odio entre bandas", integradas también por extranjeros, que incluyen la pelea por el narcotráfico, territorios, asaltos, sicarios y balaceras en los barrios de la ciudad.
La Cámara de Acusación de la ciudad de Córdoba confirmó la prisión preventiva de Juan Enrique Carabajal Conde, alias "El Narrador", de nacionalidad peruana, presunto líder de la organización delictiva “Los Zetas” imputado por los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada y robo calificado por el uso de arma de fuego apta.
Según la acusación, Carabajal Conde y Michael Christian Romero Salvatierra -otro de los supuestos cabecillas de la organización, alias “Chato Maicol”también peruano- ordenaron a Alain Huaytalla de la Cruz, Didier Sabino Hurtado Riascor y otras personas no identificadas que interceptaran en la vía pública a Kevin Arthur Montalván Llanos, con quien mantenían un conflicto previo por "enfrentamiento de entre bandas".
La antagónica, se llama "Los Zorritos", también "La Hermandad". Las mismas están integradas también por personas de la comunidad peruana y colombiana, que se disputan el manejo del narcotráfico, asaltos, secuestros, balaceras, y que despliegan su actividad en varios puntos de la ciudad.
Por este motivo desde el Ministerio Público Fiscal se generó un equipo especial para investigar el crimen organizado en Córdoba, para aunar la información de las causas y relacionarlas. A partir de allí, se pudo determinar el "mapa del crimen organizado en Córdoba", con nombres, barrios, entre otros.
En el hecho en cuestión, la víctima fue trasladada contra su voluntad, a una vivienda donde estaba Carabajal Conde junto a otras 12 personas. En ese lugar, que no pudo ser ubicado, Montalván Llanos fue golpeado y amenazado durante varias horas. Luego, lo trasladaron a un descampado, le dispararon en las piernas y lo dejaron abandonado.
Según relató la victima conocía a los lideres de la organización. Tanto "El Narrador" como "Maicol", además de manejar narcotráfico, tenían una empresa de eventos musicales llamada "MyN", como sus iniciales. Desde el Ministerio publico Fiscal apoyan esta declaración, por los elementos probatorios que se incluyeron.
Para la Justicia, se desplegó un "extremo grado de violencia" contra Montalván Llanos, que "resultó privado de su libertad en un excesivo período de tiempo en el cual fue sometido a tratos inhumanos y crueles, que los autores no se contentaron solo con privarlo de sus pertenencias y de su libertad, sino que lo sometieron a golpes, picanas, le taparon la cabeza con una bolsa, le pegaron con un hierro en la espalda y, finalmente, le aplicaron dos disparos en cada pierna y lo dejaron librado a su suerte en un descampado". Esto ocurrió en el 2021.
El tribunal sostuvo que, en este caso, existen indicios suficientes para confirmar la prisión preventiva: peligro de fuga y peligro de entorpecimiento del proceso en el supuesto de recupero de libertad del encartado Carabajal Conde.
“El hecho de pertenecer a una organización permite entrever que, en caso de encontrarse en libertad, contará con la posibilidad de ponerse en contacto con individuos relacionados al grupo, posiblemente de otras jurisdicciones (…), para sustraerse a la actuación de la justicia”, explicó el tribunal.
La Cámara de Acusación coincidió con el Juzgado de Control en cuanto a la peligrosidad de entorpecimiento del proceso. “De las escuchas telefónicas surge cómo Carabajal Conde indica a quien fuere su pareja, el ocultamiento de ciertos teléfonos celulares. Tal actuar debe considerarse como una clara actitud de entorpecimiento de la investigación, tendiente a hacer desaparecer elementos que pudieren comprometerlo”, explicó.
“En suma, la prisión preventiva del imputado se encuentra plenamente justificada, tanto en lo referido a su mérito sustantivo, como a la presencia de indicadores de riesgo procesal que hacen necesario e insustituible el encarcelamiento preventivo del encartado”, concluyó el tribunal.