Cuáles son los cambios al Impuesto a las Ganancias
La norma fija un piso de 150 mil pesos para pagar el impuesto retroactivo al 1 de enero.
El Gobierno Nacional oficializó en el Boletín Oficial de este miércoles la ley de modificación del Impuesto a las Ganancias.
La medida beneficia a unos 1.267.000 trabajadores y supone un esfuerzo fiscal por parte de la Nación de 48 mil millones de pesos. En Córdoba, la modificación a Ganancias afectará a unas 300 mil personas.
Los principales puntos de la ley son:
Piso de 150 mil pesos para trabajadores y jubilados
La Ley establece un nuevo piso para empezar a pagar el impuesto a las Ganancias que será de 150 mil pesos brutos mensuales para trabajadores o el equivalente a ocho salarios mínimos (165 mil pesos) para jubilados y pensionados,
El piso se actualizará en base al índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y rige retroactivamente a partir del 1 de enero de 2021. A los contribuyentes que hayan aportado entre enero y la promulgación de la ley, recibirán las devoluciones correspondientes.
Cálculo sin aguinaldo
La nueva ley establece que el Sueldo Anual Complementario (SAC) está exento en el cálculo de Ganancias para las personas que ganen menos del piso de 150 mil pesos.
Jubilados y deducciones
Se flexibiliza el requisito para la deducción para jubilados estableciendo un monto mínimo de ingresos para perder el beneficio.
Hasta ahora, un jubilado que percibía al menos ingresos por un peso en una Caja de Ahorros, depositando en un plazo fijo por ejemplo, perdía el beneficio de la deducción incremental de haberes.
Deducciones por concubino, viáticos e hijo con discapacidad
La nueva Ley amplía la deducción al concubino, de cualquier sexo, en los términos del artículo 509 del Código Civil, contemplando en el proyecto una perspectiva de género.
Además, se incorpora la deducción por viáticos de manera plena al texto de la ley, para evitar que en el futuro se limite la deducción de gastos de movilidad. Se excluyen del Impuesto a la provisión de ropa de trabajo, al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo, el otorgamiento o pago de cursos de capacitación y los gastos de guardería y/o jardín materno-infantil, que utilicen los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad.
Por otra parte, la deducción para el caso de cada hijo, hija, hijastro o hijastra discapacitado se duplica 78.833 pesos a 157.666 pesos. También se elimina el tope de edad.
Horas extras por pandemia a personal de salud
Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta
septiembre.
Bono por productividad, fallo de caja y conceptos similares
Se sumó una exención adicional para el salario que perciban los trabajadores y trabajadores en concepto de “bono por productividad”, “fallo de caja” o conceptos similares (lo que se entiende por “conceptos similares” lo va a reglamentar con precisión el Poder Ejecutivo).
Fuerzas Armadas
Se reduce considerablemente la cantidad de trabajadores y trabajadoras que aportarán al impuesto (sólo lo harán el 7%), que no cuentan en sus haberes con diferenciales por horas extras, ni bonos por productividad ni otros conceptos similares