Los cambios en el proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo
La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito presentó la iniciativa para que sea tratada por octava vez.
Por octava vez y a 12 años de su creación, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito vuelve a presentar este martes su proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE) en la Cámara de Diputados.
- El proyecto busca despenalizar y legalizar el aborto, entre algunas de las modificaciones, incorpora que toda mujer u “otras identidades con capacidad de gestar” tendrán derecho al acceso a decidir la interrupción del embarazo hasta la semana 14.
- Estas personas podrían acceder a un aborto voluntario legal y seguro hasta la semana 14 de gestación en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado), de forma gratuita en hospitales y centros de salud públicos y con una cobertura total si tienen obra social, mutual o prepaga, dado que se exige que la práctica sea incluida en el Plan Médico Obligatorio, y dando garantía a la práctica de la IVE dentro de los cinco días de su requerimiento.
- Más allá del plazo de las 14 semanas de gestación, las mujeres y personas con capacidad de gestar tendrán derecho a acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) en caso de violación o si corre riesgo su vida o su salud integral, esta última entendida como el estado de completo bienestar físico, mental y social (como la define la Organización Mundial de la Salud).
- También incluye artículos sobre Educación Sexual Integral (ESI) y derechos sexuales y reproductivos, como obligación del Estado, previendo “asesorías” para las mujeres o persona gestantes que así lo requieran, donde recibirán información, acompañamiento y métodos anticonceptivos.
- Se excluyó la objeción de conciencia de los profesionales de la salud ya que considera esta práctica de salud como un derecho, cuyo ejercicio no puede negarse ni vulnerarse por creencias religiosas, valores personales o morales.
- Se estipula que ninguna mujer o persona con capacidad de gestación podrá ser penalizada, además del derecho a la autonomía, a decidir sobre el propio cuerpo y proyecto de vida.
- Penaliza, además, con prisión de 3 meses a 1 año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena a la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal de salud que “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”. Y eleva hasta 5 años la pena de prisión si resultara la muerte de la mujer o persona gestante.
- Una de las novedades que trae el texto es que se eliminó la causal de las “graves malformaciones fetales”, a raíz de los cuestionamientos de organizaciones que trabajan sobre derechos de las personas con discapacidad.
- Tampoco se incorporó la fórmula que se acordó en Diputados, que despenalizaba y legalizaba también el aborto en casos de fetos incompatibles con la vida extrauterina.
- En relación a las adolescentes, el texto dice que si se trata de una persona menor de 13 años quien demande la práctica, “se requerirá su consentimiento informado con asistencia de al menos uno de sus progenitores o representantes legales”. Entre 13 y 16 años, “se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar debido consentimiento”. Si su vida o su salud corre grave riesgo por condición preexistente, el consentimiento lo deberá dar uno de sus progenitores. A partir de los 16 años se considera que tiene “plena capacidad” para ejercer los derechos previstos en la ley.
La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito decidió reforzar en el mismo articulado del proyecto de ley la garantía de derechos ya adquiridos que forman parte de su triple consigna desde el inicio: educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir.