Nuevos precios máximos para alcohol en gel y barbijos
El Gobierno publicó una lista de valores de referencia. También se retrotrajo el precio de mascarillas y termómetros.
En medio de la pandemia por coronavirus, el Gobierno nacional dio a conocer hoy una nueva lista con los precios máximos de referencia para el alcohol en gel en todas sus presentaciones.
Mediante la Resolución 115/2020 de la Secretaria de Comercio Interior, se publicó en el Boletín Oficial el cuadro con lo valores máximos de referencia.
El objetivo es que los ciudadanos no se vean perjudicados por maniobras especulativas por parte de quienes comercializan estos productos de primera necesidad en medio de la pandemia.
El documento, reitera que el Poder Ejecutivo ya había implementado un sistema a partir del cual “todas las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización” de este producto estaban obligadas a informar semanalmente a cuánto lo vendían.
Además, los había instado “a incrementar su producción hasta el máximo de la capacidad instalada”. Ahora, se agregó este cuadro con valores que fijan una referencia sobre cuánto debería costar un frasco de este desinfectante, según las autoridades nacionales.
Según el listado, el pote de 60 mililitros no debería superar los $110; el envase de 65 mililitros debería conseguirse a no más de $115; el frasco de un cuarto de litro lo recomiendan vender a $250; el de medio a $315 pesos y el de 1 litro, a no más de $500.
Precios de barbijos y termómetros
Por otra parte, también se publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 114/2020, a través de la cual se ordenó retrotraer los precios del “termómetro corporal de contacto” y del “barbijo no quirúrgico y/o de una capa” para que vuelvan a tener “los valores vigentes al día 6 de marzo del corriente año”.
También se congeló el precio de estos artículos mientras esté vigente la emergencia.
Para el caso de los barbijos se estableció de forma transitoria un valor máximo de venta para los consumidores de $ 40 por cada unidad, el cual “deberá ser exhibido de forma destacada” en las góndolas de los comercios.
Asimismo, los negocios “deberán poseer en cada uno de sus puntos de venta el listado de los precios vigentes al día 6 de marzo de 2020, para cada producto allí detallado que se encuentre a la venta”.
Por último, el Gobierno limitó la comercialización de los “barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRI-CAPA”, exclusivamente para “aquellas personas humanas que acrediten mediante documentación fehaciente su condición de profesional o personal del servicio de la salud y/o a las personas jurídicas que tengan por objeto la prestación del mencionado servicio”.