Planes de ahorro, seguros, y páginas de streaming deberán tener un “botón de baja”
La Secretaría de Comercio Interior dispuso que los servicios deben contar con páginas web que permitan dar de baja las contrataciones.
Varios servicios deberán contar con un "botón de baja" en sus sitios web, dispuso la Secretaría de Comercio Interior en el Boletín Oficial.
Según la Disposición 357/2021 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, los usuarios deberán poder dar de baja a través de la página web los siguientes servicios: suscripción a contratos de ahorro previo, los de seguros, los turísticos de tiempo compartido, y los de suscripción a streaming o de distribución digital de contenido multimedia.
Las empresas tendrán 60 días para poder adaptar sus páginas a la nueva función.El "botón de baja" deberá estar a simple vista y el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado deberá estar en la página principal.
Esta disposición ya rige en telefonía fija, móvil, acceso a internet, yradiodifusión por suscripción y medicina prepaga.
Otros servicios indluídos son las suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital, y de bases de datos; los servicios de asistencia al viajero; los de emergencias médicas o traslados sanitarios de personas; la asociación a clubes y gimnasios; las tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias; y las donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles.
Las empresas que no cumplan con lo dispuesto pueden ser sancionadas con multas de hasta $ 5 millones.