Prescribe la causa Taym y sobreseen a los directivos acusados de contaminación
El hecho ocurrió el 28 de marzo del 2017 cuando una fuerte tormenta azotó a la zona cercana a Villa Parque Santa, localidad ubicada a 25 kilómetros de Córdoba Capital. El abogado Carlos González Quintana dijo que se puede apelar a la Cámara de Acusación.
Tres gerentes acusados de contaminación ambiental fueron sobreseídos después que la Justicia dejó sin efecto la responsabilidad por prescripción en relación a la causa vinculada con la planta de Taym.
El hecho ocurrió el 28 de marzo del 2017 cuando una fuerte tormenta azotó a la zona cercana a Villa Parque Santa, localidad ubicada a 25 kilómetros de Córdoba Capital. Se conoció que el juez de control Claudio Lasso dispuso el sobreseimiento por prescripción de la causa que entendió que el delito había prescripto.
En ese sentido el abogado Carlos González Quintana, quien representó a los vecinos, dijo a La Perra Vida de Radio Universidad que “se seguirá trabajando para sacar la verdad de los hechos sucedidos. Es cierto que es un golpe inesperado porque la resolución del juez del control esta absolutamente forzada en una interpretación parcial. Hay chances de revertirlo en instancias superiores como la Cámara de Acusación donde se va a apelar y los querellantes también.”, explicó.
Por aquel entonces el agua ingresó en la planta de tratamiento de residuos peligrosos de Taym por lo que llevó a una investigación judicial sobre las consecuencias ambientales y tres directivos terminaron imputados por el fiscal de Instrucción de Alta Gracia, Alejandro Peralta Otonello. Fueron acusados a raíz de los derrames de la planta de residuos industriales que fueron volcados al canal Los Molinos, que lleva agua para potabilizar la capital provincial.
Además González Quintana agregó que es “lógico pensar que cuando una empresa tiene tanto poder simbólico y que se vieron uno tras otro en los reveses judiciales. Cuando al frente hay empresas poderosas la justicia suele ser permeable a eso. Igual hay que aclarar que el delito no está prescrito porque hay continuidad delictiva porque nunca se remedió el desastre que generó Taym. Dicho por los peritos los sedimentos del canal Los Molinos no han sido saneados ni removidos desde el punto de vista del pasivo ambiental. ”, concluyó el abogado querellante.
Cabe recordar que en ese lugar existen derivados de petróleo, químicos, metales y plásticos, industriales, entre otros. En su momento, tanto la empresa Aguas Cordobesas como el ente regulador provincial Ersep habían señalado que el agua de consumo no se había visto afectada.