Prohíben comercializar una cerveza, aceite de oliva y galletitas
Lo dispuso la ANMAT mediante varias disposiciónes publicadas esta mañana en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió varios productos de limpieza, una cerveza, y una serie de alimentos entre los cuales se destacan unas galletitas, un aceite de oliva, provenzal, perejil y ajo.
Las medidas fueron anunciadas este martes en el Boletín Oficial a través de la disposición 8512/2019 que prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans”, ya que no cumple con la normativa vigente para la rotulación de alimentos.
También piden sacar de circulación todos los lotes de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma “Fiorella Distribuidora” por tratarse de productos rotulados con marcador sin etiquetas: desengrasantes, limpiador de piso, jabón para ropa, lavandina, entre otros”. A partir de lo que declaró el titular, los semielaborados eran provistos por diferentes establecimientos, los cuales eran luego fraccionados y comercializados sin etiquetas identificatorias.
El organismo también prohibió el “Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Francesco". En la disposición 8516/2019 se argumentó que el producto no cumplía con la norma alimentaria vigente.
El organismo también prohibió comercializar una “Cerveza especial , Mahou Cinco Estrellas, con logo facultativo de alimento libre de gluten, elaborada por Mahou S.A, Madrid, España”, y se instruyó un sumario sanitario a la firma Madacillo S.R.L y a la razón social Román Gisela Silvina.